Ex-Alcalde comprometió al pueblo huachano
GUILLERMO AGÜERO TUVO QUE SER DENUNCIADO PENALMENTE POR EL CASO TEC CORPORATION
Por Peculado e Incumplimiento de Deberes Funcionales
Guillermo Agfüero Reeves ex Alcalde huachano, culpable directo de la deuda de 7 millones |
La doctora Carla Patricia Vargas Guerra, Fiscal Adjunta Superior de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Huaura, mediante el dictamen 283-2004, propuso se le imponga a GUILLERMO AGÜERO REEVES, OCHO años de pena privativa de libertad y se le condene al pago de S/5,000.00 nuevos soles por concepto de reparación civil, que debería haberse abonado a favor de los agraviados en razón de S/2,500.00 soles por cada agraviado.
Se acusaba a Guillermo Agüero Reeves, como presunto autor del delito contra la Administración Pública en la modalidad de PECULADO E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES en agravio del Estado y la Municipalidad Provincial de Huaura.
ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LOS HECHOS
Del análisis y la evaluación de los hechos, se atribuía al procesado Guillermo Agüero Reeves, que en su calidad de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaura, el 18 de julio del 2001, haber suscrito con la Empresa Traffic Engineering & Control Corporatión, un contrato de Concesión de la Administración de Gestión del Tránsito, detección de infracciones y control de pagos, en el cual sin contar con la aprobación del pleno de su Concejo, adecuó de propia iniciativa el plazo de concesión a 08 años, no obstante existir el Acuerdo de Concejo No. 08-2001 del 31 de Enero del 2001.
Con este Acuerdo se aprobaba las Bases del Concurso Público para la Concesión del proyecto y se establecía que el plazo de concesión sería de 10 años y no de 08 años, como este llegaría a suscribirlo con la empresa en mención.
Guillermo Agüero Reeves, trata de ocultar desde un comienzo el arreglo que bajo la mesa había hecho con la empresa conocida como TEC Corporatión. Es el entonces Regidor Efraín Castilla La Rosa, quien solicita al Alcalde, le entregue copia del arreglo que había hecho en forma unilateral.
Sin embargo Agüero se niega a entregar los documentos, solicitados por el ex Regidor con documentos de fecha 10 de setiembre y 12 de octubre del 2001
AGÜERO HABÍA ENCARPETADO EL CONTRATO
Guillermo Agüero, guardó el contrato fraudulento bajo ocho llaves, para que nadie lo conociera. Con esa tranquilidad se va de paseo a su tierra Huari, en goce de vacaciones reemplazándolo Humberto Barba Mitrani.
En una entrevista solicitada por el entonces Director del periódico “El Rumbo”, Luis Rey Villavicencio, éste le solicita copia el contrato de Guillermo Agüero con TEC Corporation.
Barba no se inmuta, porque también desconocía el contenido del mismo y ordena que se entregue el decisivo documento, que es dado a conocer públicamente a la población.
Allí se descubre el cambiazo que había hecho por su cuenta el Alcalde Provincial.
SITUACIÓN JURÍDICA
La Fiscal Superior, señaló en su debido momento, que de la revisión y análisis de todo lo actuado, se tiene que con el mérito probatorio de las Actas de Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de Enero del 2001, la Resolución de Acuerdo de Concejo No. 00008 – 2001 de fecha 31 de enero del 2001 y el mérito de las Bases del Concurso de Proyectos Integrales, denominado “Administración, Gestión del Tránsito, Detección de Infracciones y Control de Pagos”, se encuentra fehacientemente acreditado que por acuerdo de la mayoría del pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura- Huacho, acordó expresamente que el plazo para la ejecución del plazo en referencia, sería de 10 años.
“Sin embargo el procesado Guillermo Agüero Reeves, en su condición de Alcalde, sin conocimiento de sus Regidores y sin respetar el antes citado Acuerdo de Concejo, inconsultamente al momento de suscribir el contrato con la empresa ganadora del Concurso de Proyectos Integrales “Traffic Engineering & Control Corporatión S.A., llegó a modificar el plazo de concesión, reduciéndolo de 10 a 08 años, aduciendo en su declaración judicial, que era la decisión más conveniente para los intereses de la Municipalidad y que por ello, no existe perjuicio alguno, circunstancia que es corroborada por la declaración de los testigos Guillermo Andrade Escobar, Carmela Mireya Escudero de Chang, Agustín Loo Salinas, quienes en su condición de Regidores de la Municipalidad, sin sindicar directamente, muestran su sorpresa de que el Alcalde procesado, haya firmado un contrato de concesión por un plazo de 08 años, cuando existe un Acuerdo del Pleno del Concejo, que señala 10 años como plazo de concesión del mismo”
El representante de TEC Corporatión hace referencia incriminadora contra el Alcalde Agüero al afirmar que “por negociaciones sostenidas entre el personal de su empresa y la Municipalidad se pacta de común acuerdo que el plazo de duración del contrato de concesión sólo sería de 08 años, circunstancia que se vería plasmada en la cláusula 05 del contrato de concesión de la Administración, gestión de tránsito, detección de las infracciones y control de pagos”
En la cláusula 10 E, se advierte que la Municipalidad Provincial, percibirá el 40% de lo recaudado por la empresa, correspondiente a los ingresos generado por las multas que se impongan en la jurisdicción de Huaura- Huacho, significando ello que cuando más tiempo sea el plazo de concesión, más ingresos percibirá la Municipalidad, en tanto que al restar los años de concesión, disminuiría los beneficios obtenidos, lo cual no hace más que generar un desmedro en perjuicio de los intereses.
“Siendo ello, es de concluir que el procesado Alcalde Provincial, Guillermo Agüero Reeves, en evidente CONTUBERNIO con la empresa TEC Corporatión, desconociendo las Bases del Concurso del Proyecto Integral y el Acuerdo de Concejo No. 00008 – 2001, que establece 10 años como plazo para la ejecución del Proyecto, contados a partir de la suscripción del respectivo contrato, lograron reducir a 08 el plazo de concesión, tomando conocimiento sus Regidores, por propia información del procesado Agüero, luego de la suscripción del Contrato concesión, circunstancia que no hace más que denotar la DOLOSA CONCERTACIÓN que existió entre el procesado Alcalde Provincial, Guillermo Agüero Reeves y el Gerente General de la empresa ganadora, del Concurso Público, con la finalidad de favorecerlo en sus intereses económicos (reducción del plazo de concesión).”
“No obstante ello, existen pruebas instrumentales, corroborado por la propia autoinculpación del procesado Guillermo Agüero Reeves, que éste se mostró renuente a los reiterados requerimientos efectuados por el denunciante Efraín Daniel Castilla La Rosa, quien en su calidad de Regidor de la Municipalidad, exigía copias certificadas de los documentos relacionados con el concurso de proyectos , habiendo omitido ilegalmente con tal acto propia de su función, argumentando la falta de liquidez económica para el fotocopiado de los documentos, argumento que deviene por demás endeble, que no hace más que afianzar la culpabilidad del procesado, respecto al delito de Incumplimiento de Deberes Funcionales”
Por ello “el Ministerio Público es de la opinión, que hay mérito para pasar a juicio oral contra GUILLERMO AGÜERO REEVES, como presunto autor del delito contra la Administración Pública en la modalidad de COLUSIÓN E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES en agravio del Estado y la Municipalidad Provincial de Huaura- Huacho.”
Guillermo Agüero Reeves es el gran responsable de la tremenda deuda que tendrá que afrontar el pueblo huachano y por tanto tiene que guardar silencio, siquiera por vergüenza.
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