“Se
amparaban en TUPA´S y Reglamentos de
Aplicación de Sanciones (RAS), que para
el efecto recién se creaban, así como el
nombramiento irregular de Ejecutores Coactivos y finalmente embargar las
cuentas de la supuesta empresa deudora – infractora”.
4.-
PARTICIPACIÓN REITERADA DE UN GRUPO DE PERSONAS QUE FORMAN PARTE DE UNA
ORGANIZACIÓN CRIMINAL, CUMPLIENDO CIERTAS FUNCIONES, MANTENIENDO VÍNCULOS ESTABLES
CON LA FINALIDAD DE COBRAR INDEBIDAMENTE A LAS MUNICIPALIDADES PORCENTAJES
LEONINOS COMO CONSECUENCIA DE SUPUESTOS “SERVICIOS DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA”
INCURRIENDO EN LA COMISIÓN DE DIVERSOS DELITOS.
Conforme se señaló en el rubro
antecedentes del presente informe, desde el año 2003 se denunció ante la
Contraloría General, presuntas irregularidades en diversas municipalidades del
país, referidas a la contratación de empresas de asesoría y fiscalización en
materia tributaria y no tributaria.
Dichas empresas con el consentimiento
de las autoridades realizaban acciones para cobrar supuestas deudas administrativas
y multas elaborando ilegalmente la documentación necesaria para finalmente a
través de procedimientos de ejecución coactiva, embargar cuentas de empresas
privadas.
Sobre el particular, este Organismo
Superior de Control procedió a la verificación de las referidas denuncias bajo
el procedimiento de acción rápida en las municipalidades siguientes:
Municipalidad distrital de Chilca, Municipalidad distrital de Pativilca,
Municipalidad distrital de Asia, Municipalidad distrital de Cajacay, así como
la Municipalidad distrital de Lunahuaná, advirtiendo la presencia reiterada de
un grupo de personas, quienes intervienen conjuntamente en la realización de
las referidas cobranzas y cuyo accionar configura la comisión de diversos
delitos de los cuales se da cuenta en los informes de verificación y atestados
policiales que a continuación detallamos:
Informe de verificación de denuncia Nº
02-2005-CG/ZC de 06 de junio del 2005, resultado de la Acción rápida efectuada
en la Municipalidad distrital de Asia, en la cual la empresa L&C Asesores y
Consultores SAC prestó servicios de fiscalización tributaria durante el año
2002, determinándose la existencia de indicios razonables de la comisión de los
delitos de abuso de autoridad y aprovechamiento indebido del cargo, resultando
partícipe el señor Luis Alberto Bernal
Saavedra – propietario y Gerente General de la mencionada empresa.
Cabe precisar, que el informe fue
derivado a la Unidad Técnicas especializada de la Policía nacional Adscrita a
la Contraloría General, quien en mérito a sus atribuciones emitió el atestado
Nº 109-2005-DICOCOR-PNP/DIVPACGR (anexo Nº 69), el cual fue remitido a la 2da.
Fiscalía Provincial Penal de Cañete, encontrándose entre otros, como presuntos
implicados, las personas siguientes:
ASOCIACIÓN ILICITA:
Luis
Alberto Bernal Saavedra
Rubén
Esteban Falcón Tenorio
Juan
Enrique Rivera Espinoza
Carlos Alberto Sotomayor
Garro
COLUSIÓN:
Luis
Alberto Bernal Saavedra (partícipe)
Rubén
Esteban Falcón tenorio (partícipe)
Juan
Enrique Rivera Espinoza (partícipe)
Carlos
Alberto Sotomayor Garro (partícipe)
ROSA LILIANA TORRES
CASTILLO (partícipe)
FALSEDAD IDEOLÓGICA
Luis
Alberto Bernal Saavedra
Carlos
Alberto Sotomayor Garro
USURPACIÓN DE AUTORTIDAD, TÍTULOS Y
HONORES:
Rosa
Liliana Torres Castillo (partícipe) (*)
(*)Esta señora participó en la
Municipalidad distrital de Asia en su calidad de asesora legal, como integrante
de la comisión del concurso para ejecutor coactivo y en la Municipalidad
distrital de Lunahuaná, en su calidad de asesora legal.
En función a lo expuesto, se ha
determinado, la existencia de indicios razonables de comisión del delito de
Asociación Ilícita, figura prevista y sancionada en el artículo 317ª del código
Penal, al evidenciarse que los señores Luis Alberto Bernal Saavedra, Rubén
Esteban Falcón Tenorio y la señora ROSA LILIANA TORRES CASTILLO, en otros
casos, formarían parte de una ORGANIZACIÓN CRIMINAL, cumpliendo ciertas
funciones, manteniendo vínculos estables con la finalidad de cobrar
indebidamente a las Municipalidades, porcentajes leoninos como consecuencia de
supuestos “servicios de fiscalización tributaria”, incurriendo en la comisión
de diversos delitos al efectuar informes de fiscalización y resoluciones de
determinación de deuda y multa, amparados en TUPA´S y Reglamentos de aplicación
de Sanciones, que para el efecto, recién se creaban, así como el nombramiento
irregular de Ejecutores Coactivos y finalmente embargar las cuentas de la
supuesta empresa deudora – infractora.
FIN DE LA IX
PARTE
continuará
Ya
viene: El asesor legal Luis Enrique
Fernández Estrella y.…
5.-
PAGOS IRREGULARES POR CONCEPTO DE ASESORÍA LEGAL EXTERNA CON RECURSOS
PROVENIENTES DE LAS RETENCIONES EFECTUADAS A LA EMPRESA TELEFÓNICA
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