viernes, 16 de septiembre de 2011

PUEBLOS DE CAÑETE Y BARRANCA INDIGNADOS CON LONGEVOS DEL CONAFU


Hasta ahora no pueden funcionar

Resulta indignante que un pueblo que luchó durante tantos años para que sus jóvenes tengan una Universidad, haya  a la fecha  un ente burocrático integrado por cinco ex rectores de universidades públicas y privadas, que les pesa las manos y los pies y no  puedan o no quieran,  por intereses privados, autorizar definitivamente el funcionamiento de esta Universidad.
Si bien es cierto que el  Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades CONAFU,  es un órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, ello no le da patente, para que pueda tener en una larga espera a todo un pueblo.
El CONAFU tiene como atribuciones evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades públicas y privadas, cualquiera que sea su régimen legal (Ley N° 26439 o el D. L. N° 882), a nivel nacional, y emite resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos.
Evalúa en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo, que  no puede ser concedida antes de transcurridos los cinco años, contados a partir de la fecha de la autorización provisional de funcionamiento.
La Universidad Nacional de Barranca, fue creada por Ley 29553 el 07 de Julio del 2010, siendo promulgada esta Ley en ceremonia realizada en la Plaza de Armas de Barranca por el entonces Presidente de la República,  Alan García.
En discurso, el ex Presidente manifestó: “Sé que esta universidad no nos va a defraudar, tiene que ser una universidad de esfuerzo, de calidad”.
Como siempre prometiendo y no cumpliendo, Alan García dijo que el próximo año el Ejecutivo iba a poner en el presupuesto nacional,  el doble de recursos de los que actualmente tiene la Universidad de Barranca y sus facultades.
En cumplimiento a lo señalado  en el Artículo 5º de la Ley de su  creación,  la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Resolución Ministerial Nº 339-2010-PCM, del 20 de octubre del 2010, designa la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca (UNAB) integrada por  Alberto Eber Contreras Mariño,  Jaime Calderón Chávez e  Inés Doris Núñez Collantes.
A pesar del tiempo transcurrido de la emisión de esa RM, a los señores del CONAFU, no les da la gana de emitir la Resolución de reconocimiento de la Comisión Organizadora, en un claro atentado contra la juventud y el pueblo barranquino y la gran satisfacción de algunos personajes que siempre quieren sacar provecho de la coyuntura.
No es la primera vez que los estudiantes de nuestra Patria se han visto perjudicados por el accionar malicioso de ciertos personajes,  que ejerciendo un encargo como es el estar designados ante el CONAFU, se comporten de una manera irracional, sin tener en cuenta la desesperación y preocupación de los jóvenes y los padres de familia, que ven como transcurren los días y los meses y hasta la fecha a estos longevos señores del CONAFU, que ya cumplieron su ciclo como Rectores, no les da la gana de cumplir con una Ley que ha sido concebida en una larga lucha de todo un pueblo.
Sino habría que recordar todo lo que hizo el pueblo de Cañete para conseguir su ansiada Universidad. Habría que recordarle a los burócratas del CONAFU, que la ley de creación de la Universidad de Cañete, le costó sudor, sangre, lágrimas, persecuciones y detenidos, mientras que los veteranos del CONAFU, llegan muy orondos a su despacho a tomar café, a tertuliar y a olvidarse que hay dos pueblos que esperan la resolución definitiva para poder iniciar su funcionamiento dentro del marco establecido. 
Los pueblos de Barranca y Cañete esperan una norma secundaria, pero necesaria para poder empezar legalmente sus estudios universitarios, pero si nos remontamos a la historia de las universidades, muchas de ellas han tenido que iniciar sus estudios contra la corriente, para después en base a las luchas, lograr su definitivo reconocimiento.
Seguramente que los veteranos del CONAFU estarán esperando que los pueblos de la región Lima, se levanten y comiencen a tomar carreteras para recién darse por enterados que miles de  ciudadanos  están esperando la voluntad de cinco personas, que de repente,  cuando estuvieron como Rectores, poco o nada aportaron  a sus universidades y que es por eso que poco les importa que éstos jóvenes de Barranca y Cañete, sigan esperando la buena voluntad de los “conafistas”.
 En Barranca, lamentablemente han salido unos personajes maquiávelicos que no les interesa que la Universidad funcione.
Son esos personajes que nunca faltan, que creen que atacando a directivos le hacen daño a las personas, sin pensar que están atentando contra todo un pueblo que espera que sus hijos ya no estén viajando a otros lugares, para lograr ser profesionales.
En lugar de pedir disculpas a dos pueblos, a dos provincias por la lentitud con la que trabajan, los señores del CONAFU, optan por lo más fácil al señalar descaradamente que estas dos universidades, no cuentan con la autorización de funcionamiento del CONAFU.
 ¡ Vergüenza  les debería dar, el atentar contra la formación profesional de miles de jóvenes de Cañete y Barranca!

SE PASAN POR ENCIMA DE OBSERVACIÓN  DE LA ONU

Quienes se frotan las manos pensando que le hacen daño a los que integran la Comisión Organizadora, seguramente que desconocen que  el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC) de la Organización de Naciones Unidas, a través de su Observación General Nº 13, sobre el derecho a la educación, ha sostenido que se trata de “un derecho humano intrínseco y un medio indispensable de realizar otros derechos humanos”.

El derecho fundamental a una educación de calidad

El artículo 17º de la Constitución establece el deber del Estado de promover “la creación de centros de educación donde la población los requiera”. Esto es lo que se ha logrado en base a las luchas de dos pueblos como Cañete y Barranca.
La Ley  Universitaria 23733, publicada el 17 de diciembre de 1983  en su artículo 5º menciona  que las  Universidades nacen y son suprimidas sólo por ley.
Para la creación de una Universidad se deberá acreditar previamente su necesidad, y esto quedó demostrado en el campo del hecho. Barranca y Cañete necesitaban desde hace muchos años su propia universidad.
El 21 de enero de 1995 fue publicada la Ley Nº 26439, que creó el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), como órgano autónomo de la ANR. Según el artículo 2º de esta ley, son atribuciones del CONAFU, evaluar y valuar  los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos.
 El CONAFU también tiene que evaluar y valuar  en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo, precisándose que la autorización de funcionamiento definitivo no puede ser concedida antes de transcurridos cinco años, contados a partir de la fecha de la autorización provisional de funcionamiento.
Las Universidades públicas son creadas por ley, con pronunciamiento favorable del MEF y con aprobación del estudio de factibilidad por parte del CONAFU.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DUDA DE IMPARCIALIDAD DEL CONAFU

El Tribunal Constitucional en el célebre EXP. Nº 00017-2008-PI/TC  -  PROCESO DE
INCONSTITUCIONALIDAD contra la Ley Nº 28564, Ley que deroga la Ley Nº 27504 y restituye el tercer párrafo del artículo 5º de la Ley Universitaria, MANIFIESTA  sus dudas  de la imparcialidad del CONAFU.
Es elocuente cuando señala que “el hecho de que el CONAFU esté conformado por ex rectores propuestos y elegidos por las universidades y que sea un organismo de la ANR, la cual está conformada por rectores de las universidades institucionalizadas, genera, en principio, una duda razonable en relación con la imparcialidad objetiva de estas instituciones al momento de ejercer las competencias en materia de autorización de funcionamiento de universidades y filiales universitarias; competencias que, en el caso del CONAFU, se encuentran a la fecha previstas en el artículo 2º de la Ley N.º 26439”.
“La manera como se encuentra estructurado este sistema, y el hecho de que las decisiones relacionadas con el futuro de las universidades deriven, al mismo tiempo y solamente, de lo que podría denominarse el propio círculo universitario, determina la probable verificación de una tendencia a la falta de objetividad y rigurosidad en su adopción”.

EL CONAFU SE RESISTE A AUTORIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIVERSIDADES DE BARRANCA Y CAÑETE, PERO HA SIDO MUY COMPLACIENTE CON LAS FILIALES

Siempre tomando en cuenta  la Sentencia del TC. arriba antes mencionada, insertamos esta frase que esclarece el accionar del CONAFU: 
“Pues bien, tampoco en ejercicio de esta función el CONAFU parece haber caído en cuenta de la gravedad de la situación educativa universitaria en el Perú, pues de estas 23 solicitudes de creación de filiales que se encontraban en giro ante la ANR, el CONAFU autorizó 20”.
Es decir para el CONAFU, más importantes han sido la creación de Filiales, que el funcionamiento de Universidades estatales, como son la de Barranca y Cañete, que van a servir al pueblo, a la gente más necesitada, a los jóvenes que no tienen recursos para pagar las mensualidades en una filial que mayoritariamente es particular.
“En definitiva, tal como había sucedido con la ANR en su momento, mientras el CONAFU tuvo asignada la competencia de controlar el cumplimiento de las condiciones que garanticen la calidad del futuro servicio educativo universitario de las filiales que solicitaban su autorización de funcionamiento, demostró una absoluta desconexión con el deber constitucional de hacer de la educación universitaria un valor orientado a la formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual y artística y la investigación científica y tecnológica”. Uyuyuy.
Si lo dice el Tribunal Constitucional, pues hay que creerlo.

OTRA PARA EL CONAFU DE PARTE DEL TC.

“El CONAFU no ha desarrollado procesos de revisión o validación de sus metodologías, ni del perfil de competencias y evaluación de sus profesionales evaluadores. Tampoco ha solicitado el apoyo de instituciones similares de países con más experiencia en este tipo de actividades.
 “A esto se agrega la autorización indiscriminada de apertura de filiales (sucursales de la misma universidad en lugares distintos de la sede principal) que ha realizado el CONAFU en los últimos años, sin aplicar criterios de racionalización de recursos, ni cobertura educativa y siendo muy flexible en requisitos de calidad”.
“El presidente del CONAFU, es elegido entre ex-Rectores hecho que no garantiza tener adecuadas competencias sobre Gestión Universitaria, Calidad, estándares de evaluación y evaluación sistémica Institucional”.
“ No existen procesos específicos ni transparentes para la selección de evaluadores de las universidades”.
“En conclusión, el CONAFU se ha convertido en un ente administrativo que tiene poco impacto en el aseguramiento de la calidad de las universidades a formarse”. ( si no me creen,  lean  la mencionada sentencia del TC.).
Con todo lo vertido por el Tribunal Constitucional, el CONAFU está obligado a  cambiar de mentalidad e identificarse con la realidad. Esa realidad que se vive en pueblo como Cañete y Barranca, cuya población exige el pronto funcionamiento de sus universidades.
 





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