miércoles, 11 de abril de 2012

COFOPRI exige respetar la propiedad ajena. Invasores no serán formalizados


LAS INVASIONES VIENEN PROLIFERANDO EN HUACHO. ¿ Y LOS FISCALES?

                                               (Foto: Ormeño)

LAS INVASIONES DE TERRENOS NO SERÁN FORMALIZADAS POR SER DELITOS, RATIFICA COFOPRI

El Organismo de Formalización de Propiedad Informal – COFOPRI, ratifica a la comunidad en general que las invasiones de terrenos, constituyen delitos de usurpación de la propiedad, y por lo tanto, no serán formalizadas.
COFOPRI, en el marco de la Ley Nº 28687, referido a “Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares”, sólo formaliza posesiones informales constituidas sobre terrenos de propiedad estatal hasta el 31 de diciembre del año 2004.Por tanto, cualquier ocupación posterior a esa fecha no será formalizada.
Dentro del marco legal señalado en el reglamento de la citada Ley, se ha previsto, con claridad la exclusión de beneficios para los invasores, señalando:
“Quienes propicien invasiones, invadan o hayan invadido terrenos de propiedad estatal o privada, con posterioridad al 31 de diciembre de 2004, serán denunciados por la Municipalidad Provincial, ante las autoridades pertinentes y quedarán permanentemente impedidas de beneficiarse de cualquier programa de vivienda estatal o municipal, así como de recibir créditos que otorguen las entidades del Estado”.
En tal sentido, COFOPRI, alerta a los pobladores en general para que no se dejen engañar por personas inescrupulosas que alientan las invasiones de terrenos a cambio de dinero, poniendo en peligro su integridad y la de sus familias.
Asimismo, se invoca a la ciudadanía a no dejarse sorprender por traficantes de tierras, que lo único que hacen es engañar y motivarlos a cometer un delito, porque cualquier toma de posesión de terrenos, constituye delito de usurpación, tipificado en el artículo 202º del Código Penal que establece que: “Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años:

 1.- El que, para apropiarse de todo o parte de un inmueble, destruye o altera los linderos del mismo.
2.- El que, por violencia, amenaza, engaño o abuso de confianza, despoja a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real.
3.- El que, con violencia o amenaza, turba la posesión de un inmueble”.
COFOPRI como ente formalizador, propicia una cultura de respeto a la propiedad privada, a la Constitución y la Ley, por lo que rechaza todas las acciones que atenten contra los derechos de propiedad y alteren el orden público.

2 comentarios:

  1. SEÑORES AUTORIDADES DE LA FISCALIA Y COFOPRI HAGAN ALGO POR LOS TRAFICANTES DE TERRENOS EN LA PROVINCIA DE HUAURA ALA ALTURA DE LA LAGUNA LA ENCANTADA EL SEÑOR WALTER ISMAEL BRAVO PRADA Y UN ABOGADO DE APELLIDO OCHOA VIENEN YA BUEN TIEMPO VENDIENDO LOTES DE TERRENOS ERIAZOS E INVADIENDO TERRENOS DE LOS VECINOS DE DICHA LOCALIDAD EL SEÑOR WALTER ISMAEL BRAVO PRADA Y SUS HIJOS NO TIENEN TRABAJO CONOCIDO SOLO QUE VIENEN VENDIENDO LOS LOTES A 1000 SOLES A PERSONAS INGENUAS Q SE DEJAN ENGAÑAR CON EL CUENTO DE ASOCIACION DE VIVIENDA RINCONADA DE LA LAGUNA ENCANTADA ESTO ESTA PENADA COMO DELITO DE USURPACION DE TERRENO EN EL ARTICULO 202 DEL CODIGO PENAL POR ESOS SEÑORES AUTORIDADES DEBEMOS HACER ALGO.

    ResponderEliminar
  2. Las invasiones en el Perù se convirtieron de problema social a problema delictivo. Las leyes existen y deben ser aplicadas de manera ejemplar con penas ejemplares.

    ResponderEliminar