lunes, 2 de enero de 2017

GOBIERNO CENTRAL DA ULTIMÁTUM A LAS AUTORIDADES PARA QUE HAGAN ALGO POR LA SEGURIDAD CIUDADANA


CADA VEZ PESA MÁS
Y NO HACE NADA POR HUACHO, NI POR LAS
DEMÁS PROVINCIAS


El Gobierno Central en uso de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República, dio un ultimátum a los gobernadores regionales, alcaldes provinciales y  alcaldes distritales para que de inmediato, instalen los Comités de Seguridad Ciudadana en sus respectivas jurisdicciones.  

Gobernador Regional, alcalde provincial o alcalde distrital,  que no instale el comité de seguridad ciudadana en el plazo legal, según corresponda; o que no lo convoque para sesionar, o que no disponga la formulación del plan de seguridad ciudadana, comete falta grave y está sujeto a sanción de suspensión de sus funciones por el plazo de treinta días calendario, de acuerdo a la ley de la materia.

Para el efecto se ha creado el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), como el máximo organismo encargado de la formulación, conducción y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana; con autonomía funcional y técnica
.
El Consejo Nacional se reúne ordinariamente cuatro (4) veces al año; y extraordinariamente cuando lo convoque su presidente.

Por su parte los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular y evaluar los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana y ejecutarlos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por el CONASEC.

El presidente de cada comité de seguridad ciudadana dispone la publicación de todos estos documentos de gestión y los respectivos informes de evaluación en las páginas web de sus respectivas entidades, o en otro medio que asegure su publicidad.

Los miembros titulares de las entidades que conforman el Comité Regional de Seguridad Ciudadana, Comité Provincial de Seguridad Ciudadana y Comité Distrital de Seguridad Ciudadana son responsables de implementar los respectivos planes de seguridad ciudadana, debiendo dar cuenta de su cumplimiento trimestralmente a la Secretaría Técnica del CONASEC.

Los Comités Regionales, se reúnen trimestralmente de forma ordinaria; los Comités Provinciales y Distritales se reúnen de manera ordinaria una vez.

Los responsables de la conducción política de la prestación del servicio de seguridad ciudadana son los Presidentes de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales en su respectiva jurisdicción, conforme al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus planes regionales, provinciales y distritales de sus correspondientes jurisdicciones.

FUNCIÓN DE LA PNP

Por su parte, la Policía Nacional del Perú, brindará una amplia  cooperación a  las municipalidades, conforme a lo dispuesto por el artículo 197° de la Constitución Política del Perú, en la ejecución de actividades derivadas del Plan de Seguridad Ciudadana local de sus respectivas jurisdicciones. Se realiza de manera articulada con las diferentes municipalidades, a través de los comisarios y de acuerdo a las posibilidades materiales de los mismos.

Brindará  el apoyo requerido por la municipalidad en el ámbito de sus competencias. El  efectivo policial a cargo es el responsable de dirigir los operativos policiales conforme a su respectivo plan de operaciones  y de requerir en su ejecución mayores recursos humanos. Podrá solicitar el apoyo o participación del personal de serenazgo, bajo su dirección.

La PNP  se encargará de organizar el patrullaje integrado como parte del Plan de Seguridad Ciudadana correspondiente a su jurisdicción, informando  a la municipalidad respectiva las deficiencias de infraestructura de la jurisdicción local que detecte y cuando estas dificulten la ejecución de actividades sobre seguridad ciudadana.

 Para el efecto,  recomendará  las  mejoras necesarias que coadyuven la función policial. Los comisarios informan periódicamente a la municipalidad distrital o provincial de su jurisdicción, según sea el caso, las condiciones favorables y limitaciones funcionales u operativas que se presente en la ejecución de los Planes de Seguridad Ciudadana de su jurisdicción.

De igual modo coordinará  con la municipalidad el apoyo correspondiente para la ejecución de operativos integrales con participación del Ministerio Público en la prevención de la comisión de delitos.
La PNP Integrará  la información con las municipalidades sobre los lugares de su jurisdicción donde se concentran focos de comisión de delitos, actualizando el mapa del delito  y proponiendo las acciones que correspondan en materia de prevención social.

Reportar a las respectivas municipalidades cualquier otra información vinculada a actividades delictivas para la mejor planificación de las acciones municipales en el marco de sus atribuciones.

Brindar opinión policial, de ser requerida, para la formulación de los proyectos de inversión en seguridad ciudadana de la municipalidad.

 A solicitud de las municipalidades, programar capacitaciones al personal de serenazgo, en asuntos relacionados al apoyo que brindan a la Policía Nacional del Perú para la seguridad ciudadana y para el uso de las armas no letales, menos letales o potencialmente letales o de otros implementos.

¿ Y EL PLAN CUADRANTE DE NELSON CHUI?


Seguro que se lo ha guardado para su próxima campaña electoral o de repente se lo dará a Lucho Castillo. 

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