Doroteo Alejandro Marín Valentín y David Víctor Perea Collantes, fueron
vacados en 1998 y 2003, respectivamente, de la Alcaldía provincial de Huaral
Ahora van con Solidaridad Nacional
PARTE I
Hasta el año 2002 a David Víctor Perea Collantes,
solamente se le conocía por producir vinos, pero resultó siendo elegido alcalde provincial de Huaral, asumiendo el
cargo el 01 de enero del 2003.
Llevó como Jefe de Personal a quien era el administrador de sus negocios
de vinos, de apellido Churrango.
Alejandro Arrieta, administrador de la
bodega de Justo Perea, hermano de David, fue designado como Jefe de Logística.
Y para Emapa Huaral, designó como Jefa de Logística a una conocida suyo.
Una de las causantes de su vacante fue el
mal manejo económico, ya que contraviniendo las Normas de Controlaría, no
cumplía con depositar en el Banco de la Nación los ingresos diarios, manejando
los pagos en efectivo.
Sus propios Regidores, es decir los que
fueron en su lista, tuvieron que verse obligados a pedir su vacancia, porque la
cosa era insostenible y no podían ser cómplice de las irregularidades que se
venían dando.
Ellos acreditaron que de por medio existieron
intereses ilícitos en los contratos del Vaso de Leche, ya que con Resolución de
Alcaldía Nº 172-2003 del 21 de febrero del 2003, el alcalde David Perea aprueba
un contrato con la empresa COMOSER, sin verificar que en la supuesta sede
de esa empresa de propiedad de Lucía Tinoco Quispe, no existía fábrica de
avena, ya que sólo era una vivienda.
En el contrato de abastecimiento de fecha
21 de febrero del 2003, se señala otra dirección, la cual al ser verificada, se
comprobó que tampoco funcionaba fábrica alguna y que también era solamente una
vivienda.
La empresa COMOSER EIRL. a la cual el entonces
alcalde huaralino David Perea compraba avena, fue registrada en la ficha Nº 11068211 del Registro Mercantil de
Lima, constituyéndose con un capital de S/100.00 nuevos soles,
conforme consta en el Registro de fecha 17 de diciembre de 1998 y con fecha 13
de setiembre de 1999, aumenta el capital a S/40,000.00 nuevos soles.
Pero todo esto solamente en el papel,
porque en el Registro Público, Lucía Tinoco Quispe, no figuraba con propiedad
alguna.
David Perea como Alcalde aprobó y firmó el
contrato sin la evaluación técnica. El mismo día firmó el contrato y el mismo
día se firmó la Resolución de Alcaldía, aprobándola.
DAVID PEREA FIRMA ADENDA SIN ACUERDO DE
CONCEJO
El 25 de febrero del 2003, es decir a un
mes y días de haber iniciado su gestión, ya el alcalde Perea se encontraba
envuelto en estas acciones que
finalmente lo llevaron a la vacancia.
Ese día, Perea Collantes firma una ADENDA
con la empresa COMOSER EIRL. sin Acuerdo
del Concejo. En este documento la empresa, señala otra dirección, que al ser
verificada tampoco existía.
La investigación que corrió a cargo de
algunos regidores, daban cuenta que la supuesta dueña del negocio utilizaba
firmas diferentes y se logró detectar hasta 09 (nueve) firmas diferentes.
Cuatro días después, sin importarle
mínimamente las denuncias que se venían dando, David Perea firma otra ADENDA. A
esas alturas no se había comprado los insumos de los meses de febrero y marzo.
MÁS RÁPIDO QUE INMEDIATO
El 03 de marzo del 2003, se emite la orden
de compra, la guía de remisión, la factura, el comprobante de pago y el cheque
para la proveedora. Ese mismo día se cobró el cheque en el Banco de la Nación.
Este mismo procedimiento de hacer todo en
un solo día se repitió los días 20 de marzo del 2003, 16 de abril del 2003, 19
de mayo del 2003 y en el mes de junio.
Hasta junio del 2003 se había pagado a la
empresa fantasma, la suma de S/420,000.00 nuevos soles. Hasta esa fecha no se
había realizado el proceso de Licitación Pública.
Las adendas se firmaron en mérito al
Informe 158-2003 de la Dirección de Asesoría
Jurídica. Sin embargo este informe no llevaba la firma de la Directora
de Asesoría Legal, abogada Elizabeth Buitrón, la misma que denunció ante el
Alcalde Perea Collantes, que su firma había sido falsificada.
Por tanto las adendas eran nulas de pleno
derecho.
El Alcalde David Perea, en lugar de
presentar la denuncia ante el Ministerio Público de Huaral, paraliza las
compras, anula las adendas, despide y denuncia al abogado Velarde y al empleado
Zambrano.
Ante este hecho la abogada Elizabeth
Buitrón renuncia e increíblemente el abogado Velarde es nombrado como su
sucesor. Zambrano siguió en su puesto como si nada hubiera pasado.
Pero allí no quedó todo, sino que el
abogado Velarde es premiado con su designación como Procurador Público de la
Municipalidad Provincial de Huaral.
El Informe 158-2003, fue emitido
cometiéndose los delitos contra la fe pública, encubriendo la ilegal compra y
facilitando los delitos de concusión y asociación ilícita para delinquir.
EL CONCEJO APROBÓ UNA COSA Y EL ALCALDE HIZO OTRA
El 15 de enero del 2003, el flamante Concejo
Provincial de Huaral, acuerda ampliar el contrato para adquirir los insumos del
Programa del Vaso de Leche a la empresa ganadora de la Licitación del 2002.
Sin embargo, el Alcalde David Perea decide en forma UNILATERAL, adquirir ILEGALMENTE a la firma
COMOSER EIRL, violando la Ley 26850 de Contrataciones y Adquisición del Estado,
La Ley de Presupuesto de la República 2003 y las Normas de la Contraloría, en
vista de que el monto total anual de la adquisición sobrepasa la suma de S/828,000.00 nuevos soles y por tanto era
obligatoria la adquisición mediante Licitación Pública. Por el monto, era Improcedente la Adjudicación Directa.
TAMPOCO SE SIGUIERON LOS TRÁMITES DE
ADJUDICACIÓN DIRECTA
El Alcalde Perea, violando las normas establecidas, adjudicó
ilícitamente la compra de los insumos del vaso de leche, mediante la modalidad
de Adquisición Directa. Y lo que es peor,
ni siquiera cumplió con lo establecido en esta modalidad, porque:
1.- NO se invitó obligatoriamente a TRES Empresas Productoras de avena,
2.- No se recibió las propuestas en sobre cerrado para ser abierto ante
Notario Público
3.- No se emitió la Resolución de Adjudicación Directa
4.- No se efectuó la Inspección en
la supuesta fábrica
5.- No se emitió el Informe Técnico, ni se realizaron los exámenes de
laboratorio
EL INFORME DE LA COMISIÓN RAMÍREZ- ZORRILA – RODRÍGUEZ
Mediante Resolución de Alcaldía Nº 0581-2003, se nombra una Comisión
Revisora, integrada por los Regidores MARÍA RAMÍREZ, ELÍAS ZORRILLA Y VICENTE
RODRÍGUEZ y no obstante el tiempo transcurrido y la gravedad del caso, no cumplieron
siquiera con pedir información a la
Municipalidad de Santa Anita, para que constaten que COMOSER EIRL no está
Registrada, No tiene Licencia Municipal y No cuenta con Instalaciones, ni
Fábrica, ni Molino.
LA VACANCIA DE DAVID VÍCTOR PEREA COLLANTES
Con Acuerdo de Concejo Nº 252-2003-MPH/CM
del 25 de agosto del 2003, se declaró la vacancia en el cargo de alcalde de la Municipalidad
Provincial de Huaral de David Víctor Perea Collantes, quien ni corto ni
perezoso apeló ante el Jurado Nacional de Elecciones, el mismo que mediante la Resolución Nº 205-2003-JNE del 18 de
diciembre del 2003, confirmó el Acuerdo de los regidores.
El JNE, convocó a Jaime Cirilo Uribe Ochoa
y Mónica Pilar Takayama Minetto, para que asuman los cargos de Alcalde y
Regidor, respectivamente, en el Concejo Provincial de Huaral, en el período de
gobierno municipal 2003-2006.
Pero David Perea
Collantes, mal aconsejado, se fue hasta
el Poder Judicial tratando de recuperar su trono. Mediante una demanda de
amparo de fecha 11 de febrero del 2004 y escrito ampliatorio del 16 de febrero
del 2004, solicita que se deje sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº
252-2003-MPH/CM, que aprobó la vacancia del demandante. La misma acción se
hacía contra la Resolución del JNE del 18 de diciembre del 2003 que confirmaba
dicha vacancia.
La Sala Civil de
la Corte Superior de Justicia de Huaura, con fecha 12 de enero del 2005,
declaró como era de esperarse, INFUNDADA dicha demanda.
TRATANDO DE RECUPERAR SU CARGO, DAVID PEREA LLEGÓ HASTA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
A David Perea le habían hecho creer que podía retornar a la Alcaldía de
Huaral. Por ello no dudó en ir hasta el Tribunal Constitucional con la
esperanza de recuperar el ansiado cargo.
Pero se estrelló contra la pared, porque el TC con fecha 09 de abril del
2007, ve el recurso de agravio constitucional presentado por Perea Collantes. En
ella solicitaba la restitución en
el cargo de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral.
El Tribunal constitucional ha
establecido que en ningún caso, la
interposición de una demanda de amparo contra el JNE suspende el calendario
electoral, el cual sigue su curso inexorable. Toda afectación de derechos
fundamentales en la que incurra el JNE, devendrá en irreparable cada vez que
precluya cada una de las etapas del proceso electoral o que la voluntad popular,
a la que hace alusión el artículo 176 de la Constitución, haya sido manifestada
en las urnas.
Por tanto el TC resuelve declarar
IMPROCEDENTE la demanda de amparo de David Perea Collantes, el alcalde más
fugaz de la provincia de Huaral y que ahora trata de volver a ella, pero en
calidad de Regidor, IRÓNICAMENTE en la lista de otro alcalde vacado como es
Doroteo Alejandro Marín Valentín.
El pueblo de Huaral está
advertido. Votar por Doroteo Marín Valentín es votar también por David Perea Collantes.
QUE TAL DUPLA DE VACADOS QUE QUIEREN RETORNAR AL PODER
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