viernes, 15 de agosto de 2014

DOS EX ALCALDES VACADOS, AHORA VAN DE LA MANO EN LA MISMA LISTA





Doroteo Alejandro Marín Valentín y David Víctor Perea Collantes, fueron vacados en 1998 y 2003, respectivamente,  de la Alcaldía provincial de Huaral
Ahora van con Solidaridad Nacional

PARTE  I

Hasta el año 2002 a David Víctor Perea Collantes, solamente se le conocía por producir vinos, pero resultó siendo elegido  alcalde provincial de Huaral, asumiendo el cargo el 01 de enero del 2003.
Llevó como Jefe de Personal  a quien era el administrador de sus negocios de vinos, de apellido Churrango.
Alejandro Arrieta, administrador de la bodega de Justo Perea, hermano de David, fue designado como Jefe de Logística. Y para Emapa Huaral, designó como Jefa de Logística a una conocida suyo.
Una de las causantes de su vacante fue el mal manejo económico, ya que contraviniendo las Normas de Controlaría, no cumplía con depositar en el Banco de la Nación los ingresos diarios, manejando los pagos en efectivo.
Sus propios Regidores, es decir los que fueron en su lista, tuvieron que verse obligados a pedir su vacancia, porque la cosa era insostenible y no podían ser cómplice de las irregularidades que se venían dando.
Ellos acreditaron que de por medio existieron intereses ilícitos en los contratos del Vaso de Leche, ya que con Resolución de Alcaldía Nº 172-2003 del 21 de febrero del 2003, el alcalde David Perea aprueba un  contrato con la empresa  COMOSER, sin verificar que en la supuesta sede de esa empresa de propiedad de Lucía Tinoco Quispe, no existía fábrica de avena, ya que sólo era una vivienda.
En el contrato de abastecimiento de fecha 21 de febrero del 2003, se señala otra dirección, la cual al ser verificada, se comprobó que tampoco funcionaba fábrica alguna y que también era solamente una vivienda.
La empresa COMOSER EIRL. a la cual el entonces alcalde huaralino David Perea compraba avena, fue registrada en la  ficha Nº 11068211 del Registro Mercantil de Lima,  constituyéndose  con un capital de S/100.00 nuevos soles, conforme consta en el Registro de fecha 17 de diciembre de 1998 y con fecha 13 de setiembre de 1999, aumenta el capital a S/40,000.00 nuevos soles.
Pero todo esto solamente en el papel, porque en el Registro Público, Lucía Tinoco Quispe, no figuraba con propiedad alguna.   
David Perea como Alcalde aprobó y firmó el contrato sin la evaluación técnica. El mismo día firmó el contrato y el mismo día se firmó la Resolución de Alcaldía, aprobándola.

DAVID PEREA FIRMA ADENDA SIN ACUERDO DE CONCEJO

El 25 de febrero del 2003, es decir a un mes y días de haber iniciado su gestión, ya el alcalde Perea se encontraba envuelto en  estas acciones que finalmente lo llevaron a la vacancia.
Ese día, Perea Collantes firma una ADENDA con la empresa COMOSER EIRL.  sin Acuerdo del Concejo. En este documento la empresa, señala otra dirección, que al ser verificada tampoco existía.
La investigación que corrió a cargo de algunos regidores, daban cuenta que la supuesta dueña del negocio utilizaba firmas diferentes y se logró detectar hasta 09 (nueve) firmas diferentes.
Cuatro días después, sin importarle mínimamente las denuncias que se venían dando, David Perea firma otra ADENDA. A esas alturas no se había comprado los insumos de los meses de febrero y marzo.

MÁS RÁPIDO QUE INMEDIATO

El 03 de marzo del 2003, se emite la orden de compra, la guía de remisión, la factura, el comprobante de pago y el cheque para la proveedora. Ese mismo día se cobró el cheque en el Banco de la Nación.
Este mismo procedimiento de hacer todo en un solo día se repitió los días 20 de marzo del 2003, 16 de abril del 2003, 19 de mayo del 2003 y  en  el mes de junio.
Hasta junio del 2003 se había pagado a la empresa fantasma, la suma de S/420,000.00 nuevos soles. Hasta esa fecha no se había realizado el proceso de Licitación Pública.
Las adendas se firmaron en mérito al Informe 158-2003 de la Dirección de Asesoría  Jurídica. Sin embargo este informe no llevaba la firma de la Directora de Asesoría Legal, abogada Elizabeth Buitrón, la misma que denunció ante el Alcalde Perea Collantes, que su firma había sido falsificada.
Por tanto las adendas eran nulas de pleno derecho.
El Alcalde David Perea, en lugar de presentar la denuncia ante el Ministerio Público de Huaral, paraliza las compras, anula las adendas, despide y denuncia al abogado Velarde y al empleado Zambrano.
Ante este hecho la abogada Elizabeth Buitrón renuncia e increíblemente el abogado Velarde es nombrado como su sucesor. Zambrano siguió en su puesto como si nada hubiera pasado.
Pero allí no quedó todo, sino que el abogado Velarde es premiado con su designación como Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Huaral.
El Informe 158-2003, fue emitido cometiéndose los delitos contra la fe pública, encubriendo la ilegal compra y facilitando los delitos de concusión y asociación ilícita para delinquir.
     
EL CONCEJO APROBÓ UNA COSA Y EL ALCALDE HIZO OTRA
El  15 de enero del 2003, el flamante Concejo Provincial de Huaral, acuerda ampliar el contrato para adquirir los insumos del Programa del Vaso de Leche a la empresa ganadora de la Licitación del 2002.
Sin embargo,  el Alcalde David  Perea decide en forma  UNILATERAL, adquirir ILEGALMENTE a la firma COMOSER EIRL, violando la Ley 26850 de Contrataciones y Adquisición del Estado, La Ley de Presupuesto de la República 2003 y las Normas de la Contraloría, en vista de que el monto total anual de la adquisición sobrepasa la suma  de S/828,000.00 nuevos soles y por tanto era obligatoria la adquisición mediante Licitación Pública. Por el monto,  era Improcedente la Adjudicación Directa. 

 TAMPOCO SE SIGUIERON LOS TRÁMITES DE ADJUDICACIÓN DIRECTA

 El Alcalde Perea,  violando las normas establecidas, adjudicó ilícitamente la compra de los insumos del vaso de leche, mediante la modalidad de Adquisición Directa. Y lo que es peor,  ni siquiera cumplió con lo establecido en esta modalidad, porque:
1.- NO se invitó obligatoriamente a TRES Empresas Productoras de avena,
2.- No se recibió las propuestas en sobre cerrado para ser abierto ante Notario Público 
3.- No se emitió la Resolución de Adjudicación Directa
4.- No se efectuó la Inspección  en la supuesta fábrica
5.- No se emitió el Informe Técnico, ni se realizaron los exámenes de laboratorio

EL INFORME DE LA COMISIÓN RAMÍREZ- ZORRILA – RODRÍGUEZ

Mediante Resolución de Alcaldía Nº 0581-2003, se nombra una Comisión Revisora, integrada por los Regidores MARÍA RAMÍREZ, ELÍAS ZORRILLA Y VICENTE RODRÍGUEZ y no obstante el tiempo transcurrido y la gravedad del caso, no cumplieron  siquiera con pedir información a la Municipalidad de Santa Anita, para que constaten que COMOSER EIRL no está Registrada, No tiene Licencia Municipal y No cuenta con Instalaciones, ni Fábrica, ni Molino.

LA VACANCIA DE DAVID  VÍCTOR  PEREA COLLANTES

Con Acuerdo de Concejo Nº 252-2003-MPH/CM del 25 de agosto del 2003, se declaró la  vacancia en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral de David Víctor Perea Collantes, quien ni corto ni perezoso apeló ante el Jurado Nacional de Elecciones, el mismo que mediante  la Resolución Nº 205-2003-JNE del 18 de diciembre del 2003, confirmó el Acuerdo de los regidores.
El JNE, convocó a Jaime Cirilo Uribe Ochoa y Mónica Pilar Takayama Minetto, para que asuman los cargos de Alcalde y Regidor, respectivamente, en el Concejo Provincial de Huaral, en el período de gobierno municipal 2003-2006.
Pero David Perea Collantes, mal aconsejado,  se fue hasta el Poder Judicial tratando de recuperar su trono. Mediante una demanda de amparo de fecha 11 de febrero del 2004 y escrito ampliatorio del 16 de febrero del 2004, solicita que se deje sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 252-2003-MPH/CM, que aprobó la vacancia del demandante. La misma acción se hacía contra la Resolución del JNE del 18 de diciembre del 2003 que confirmaba dicha vacancia.

La Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huaura, con fecha 12 de enero del 2005, declaró como era de esperarse, INFUNDADA dicha demanda.

TRATANDO DE RECUPERAR SU CARGO, DAVID PEREA LLEGÓ HASTA  EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL   
A David Perea le habían hecho creer que podía retornar a la Alcaldía de Huaral. Por ello no dudó en ir hasta el Tribunal Constitucional con la esperanza de recuperar el ansiado cargo.
Pero se estrelló contra la pared, porque el TC con fecha 09 de abril del 2007, ve el recurso de agravio constitucional presentado por Perea Collantes. En ella solicitaba la  restitución en el cargo de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral.
El Tribunal constitucional ha establecido que en ningún caso,  la interposición de una demanda de amparo contra el JNE suspende el calendario electoral, el cual sigue su curso inexorable. Toda afectación de derechos fundamentales en la que incurra el JNE, devendrá en irreparable cada vez que precluya cada una de las etapas del proceso electoral o que la voluntad popular, a la que hace alusión el artículo 176 de la Constitución, haya sido manifestada en las urnas.
Por tanto el TC resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda de amparo de David Perea Collantes, el alcalde más fugaz de la provincia de Huaral y que ahora trata de volver a ella, pero en calidad de Regidor, IRÓNICAMENTE en la lista de otro alcalde vacado como es Doroteo Alejandro Marín Valentín.
El pueblo de Huaral está advertido. Votar por Doroteo Marín Valentín es votar también por David Perea Collantes.
QUE TAL DUPLA DE VACADOS QUE QUIEREN RETORNAR AL PODER


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