HUACHO NECESITA URGENTEMENTE SUS PROPIOS NOTARIOS |
* Colegio de Notarios de San Martín, pidieron declarar
inconstitucional Decreto Legislativo 1049
Ley del Notario Público, en el que
se señalaban las plazas para los Notarios.
* Esta demanda paralizó el concurso público que
se iba a realizar.
* En esa fecha contábamos con cuatro Notarios pero
se necesitaban más.
* El Tribunal Constitucional en su
interpretación, nos redujo el número de plazas
AHORA SE DEJARÍA SIN
NOTARIOS A SUPE Y A CHANCAY PARA QUE SE REUBIQUEN EN HUACHO
El 20 de febrero del 2013, el Colegio de
Notarios del departamento de San Martín,
interpone Demanda de Inconstitucionalidad
contra el Decreto Legislativo N° 1049, Ley del Notario Público, alegando su
inconstitucionalidad formal, así como la inconstitucionalidad material del artículo
5° de la norma precitada.
Los Notarios sanmartinenses
solicitaban se declare la inconstitucionalidad por la forma del Decreto
Legislativo 1049, del Notariado, publicado en el diario oficial El Peruano el
26 de junio de 2008, referida a las plazas para notarios. Asimismo se declare
la inconstitucionalidad por el fondo del mencionado artículo 5 del Decreto Legislativo
1049, del Notariado.
¿CUÁL ERA EL ARGUMENTO DE ESTOS NOTARIOS ?
EN BUEN ROMANCE ESTOS NOTARIOS
NO QUERÍAN COMPETENCIA, PORQUE AFCTABA SUS NEGOCIOS, YA QUE CUANTO MÁS
NOTARIOS, MAYOR OFERTA DE SERVICIOS PROFESIONALES Y LOS BENEFICIADOS SERÍAN LOS
USUARIOS
De otro lado, el artículo 5.2 de
la misma disposición vulnera la autonomía de los Colegios de Notarios, pues a
decir del accionante, la localización de las plazas notariales debería ser determinada
por cada Colegio y no por el Consejo del Notariado, ente encargado de la
supervisión del notariado, cuya labor no puede interferir en aquellas atribuciones y obligaciones que les correspondan
a los Colegios del Notariado.
Era obvio que los Colegios de Notarios no iban a permitir la presencia
de otros competidores y hacia ello apuntaban los notarios del departamento de
San Martín.
EL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL HIZO SU INTERPRETACIÓN Y NOS REDUJO LOS NOTARIOS QUE
NECESITÁBAMOS
El artículo 5º del Decreto
Legislativo 1049, señala sobre la creación de Plazas Notariales: “El número de
notarios en el territorio de la República se establece de la siguiente manera:
1.- Una provincia que cuente con al menos
cincuenta mil habitantes deberá contar con no menos de dos Notarios.
2.- Por cada cincuenta mil habitantes
adicionales, se debe contar con un Notario adicional.
3.- La localización de las plazas
son determinados por el Consejo del Notariado. En todo caso, no se puede
reducir el número de las plazas existentes.
Es decir de acuerdo a Ley, a la provincia de Huaura, que ya bordea sobre los 200 mil habitantes, le
correspondería 04 Notarios Públicos, estando al 2013 con los Notarios fijados por Ley
( Ángel Flores La Negra, Enrique Arzola La Negra, Carlos Reyes y Luis Canales
Nicho). En años anteriores, había fallecido Víctor Manuel Arévalo Martínez.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional,
haciendo su propia interpretación, señaló que el
objeto de crear mayor número de plazas notariales debe estar enmarcado, no sólo
en la naturaleza del servicio que se debe prestar, sino también en el conjunto
de ciudadanos que pueden requerir o se van a beneficiar con este servicio.
Por tanto, el TC. considera que
la norma en referencia tiene por lo menos dos sentidos interpretativos, uno de
los cuales es inconstitucional. Así la
norma puede estar referida a:
- 50,000 habitantes, como resultado
del correspondiente censo.
ó
- 50,000 habitantes, que tengan
la condición de ciudadanos.
El TC. nos aclara que no es lo
mismo HABITANTE que CIUDADANO. Que en el término habitante está incluída toda
la población (niños, jóvenes, adultos, tercera edad, etc.), pero que quienes
verdaderamente necesitan el servicio son los CIUDADANOS, es decir aquellos que
han cumplido los 18 años de edad y que pueden sufragar.
Con esta disposición, la cantidad
de Notarios baja ostensiblemente y solamente nos puede tocar hasta TRES
notarios y no los cinco que teníamos anteriormente.
Por ello, ante la desaparición física de los Notarios
Víctor Arévalo, Alberto Cabrera, Luis Félix Canales Nicho y Ángel Flores La
Negra, así como el pase al retiro del Notario Enrique La Negra Arzola, nos
hemos quedado con un solo Notario Público y ya se destacó a la Notaria Kelly
Carolina Cusma Alfaro que venía ejerciendo en el distrito de Supe y se vocea
que el Notario de Chancay, también sería destacado a Huacho.
Mientras tanto el Colegio de
Notarios del Callao, ha determinado que los documentos que obraban en la
Notaría del Dr. Ángel Flores La Negra, sean trasladados a Barranca
al despacho del Notario Público Héctor Gonzales Rosales.
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