jueves, 26 de enero de 2012

GIULIANA LLAMOJAS CERCA A HUACHO


SALIÓ LA EDICIÓN ESCRITA Nº 142
DE OPINION REGIONAL


* En cualquier momento PNP ingresa a lugar donde lo ocultan
* Prontuariada beneficiada con sentencia del padre de la asesina, sería la protectora de la Llamojas
LA LLAMOJAS ESTARÍA CERCA
A HUACHO, BIEN CUSTODIADA
(Foto: TV Perú.Gob..pe)


Mientras que los rumores señalaban que se encontraba por la frontera con Ecuador y los medios de prensa de la capital, la señalan como No habida, “Opinión Regional” está en condiciones de señalar que la prófuga Giuliana Llamojas se encuentra cerquita a Huacho, bien resguardada en una propiedad que usufructúa ilegalmente desde hace siete años, una mujer que habría sido beneficiada con una sentencia a su favor, nada menos que por el Juez Luis Llamojas, que es padre de la asesina de su madre, que ahora se encuentra como no habida.
Extraña relación
JUEZ LUIS LLAMOJA, PADRE DE  GIULIANA LLAMOJAS, SENTENCIA A FAVOR DE  PRONTUARIADA

Una extraña  relación existiría entre el Juez Luis Llamojas Flores y la prontuariada Juana López, quien cuenta con el apoyo de algunos malos jueces de la Corte de Huaura, que le permiten desde hace más de siete años estar conduciendo el Fundo Centinela de Huaura.
Luis Llamojas Flores, es padre de Giuliana Llamojas Hilares, condenada a 12 años por el asesinato de su propia madre.
Sin embargo el Tribunal Constitucional, que tiene como integrante a Juan Vergara Gotelli,  declaró nula la sentencia condenatoria emitida por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, debiéndose emitir nueva sentencia. Esto sucedió el 24 de octubre del 2008.
Juan Vergara Gotelli, antes de ser integrante del Tribunal Constitucional se desempeñó como Asesor de Juana López.
Como se recordará  Tribunal Constitucional, declaró fundada en parte la demanda de Hábeas Corpus interpuesta por Guiliana Flor de María Llamoja Hilares,  en el extremo que solicitaba la nulidad de la sentencia emitida por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y de la Tercera Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima.
También el TC.  declaró  improcedente,  en el extremo que solicitaba su inmediata libertad, en razón a que la nulidad no alcanzaba a la sentencia condenatoria emitida por la Sala Superior Penal.
Giuliana Llamojas alegaba la vulneración de su derecho al debido proceso, a la debida motivación de las resoluciones judiciales, agregando que las sentencias cuestionadas, se basaban en criterios desproporcionados, irracionales e ilógicos, entre otros.

EL CASO THOMPSON

Las ciudadanas Elsa Marina Alvarado Escobar y Debbie Connie, Jenny Elizabeth, Juan Carlos y Vivian Pamela Thompson Alvarado, interpusieron en vía de proceso de conocimiento, una demanda para que se declare la nulidad de la Prescripción Adquisitiva de dominio declarada a favor de Juana López, sobre el inmueble ubicado en la calle Monteflor en el distrito de Surco.
Asimismo se solicitaba la nulidad del asiento registral a favor de la demandada, más una indemnización de 100 mil dólares. Por concepto de daños y servicios ocasionados a la sucesión de don Charles Thompson Alcántara y Elsa Marina Alvarado Escobar.
Sostiene la demanda que Juana López, aprovechando su condición de viuda de don Charles Thompson Alcántara, prescribió para sí, un inmueble perteneciente a la Sucesión.
La presente demanda se realizó en calidad de petición de herencia, que le corresponde al heredero que no posee el bien que le pertenece, contra quien lo posee, en todo o en parte, considerando que según el artículo 664 del CC, este petitorio es imprescriptible.
Los demandantes señalan que no solamente los habían excluído de la propiedad, sino que además lo había vendido a un tercero, manteniendo increíblemente su posesión hasta la fecha, a pesar que se trata de un inmueble adquirido durante la vigencia del primer matrimonio de Charles Thompson Alcántara con Elsa Marina Alvarado Escobar, lo que determina los derechos de esta última al 50% de los derechos sobre el inmueble y los recurrentes como herederos, del otro 50 %..
Los demandantes señalan que sus citados padres se divorciaron en el año 1975, quedando en el inmueble su padre, quien luego se casó con la demandada, quien luego del fallecimiento del titular, se adjudicó el bien mediante el procedimiento de prescripción adquisitiva notarial, contraviniendo lo dispuesto en los artículos 664 y 985 del C.C.
Sin embargos todos estos argumentos fueron desechados por el Juez de la causa, Luis Llamoja Flores, quien declaró infundada la demanda.

EL FUNDO CENTINELA

El caso de Juana López no tendría ningún interés para los lectores del norte chico, sino fuera porque la mencionada, tiene un litigio de hace años en esta jurisdicción, habiendo logrado mantenerse como conductora del Fundo Centinela por cerca de siete años, a pesar que su legítimo propietario viene luchando desde esa fecha, por recuperar su legítima propiedad, pero que sin embargo los jueces de esta no prestigiosa Corte Superior de Justicia de Huaura, le siguen negando su legítimo derecho a la propiedad.
Ahora en plena incertidumbre por  saberse donde se encuentra Giuliana Llamojas, sale a la luz este caso, teniendo como protagonista a Luis Llamojas Flores que es el padre de la asesina Giuliana Llamojas quien se encuentra en calidad de prófuga, desconcertando a la Policía Nacional, que lo viene buscando desde Aguas Verdes hasta Tacna.
¿No será que la prófuga Giuliana Llamojas se encuentre en el Fundo Centinela, bien protegida por Juana López?                                      
Sería un tremendo escándalo y  llevaría a pensar que favor se paga con favor.
Estaremos a la expectativa para ver el desenlace de esta novela.

REPRODUCCION AUTORIZADA PARA LOS COLEGAS, MENCIONANDO LA FUENTE

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