sábado, 9 de junio de 2018

¿ QUÉ PASARÍA SI EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL LA LEY 30305, QUE IMPIDE LA REELECCIÓN DE ALCALDES Y GOBERNADORES ?


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL



*  TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, admite  a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley de Reforma Constitucional 30305, publicada en el diario oficial “El Peruano”, con fecha 10 de marzo de 2015.

* En tres meses puede resolver el caso y puede abrir la puerta para la reelección de Alcaldes y Gobernadores.

*  Sentencias del Tribunal Constitucional sobre esta materia, SON retroactivos y por tanto se alteraría el calendario electoral.

UNA  SENTENCIA FAVORABLE DEL T.C. permitiría que el incapaz Gobernador Regional Nelson Chui, pueda postular a su reelección, lo mismo que el eterno alcalde de Hualmay.

Para aquellos Gobernadores y Alcaldes que les ha gustado la reelección, el Tribunal Constitucional les ha abierto las esperanzas que puedan volver a postular,  esperando que en los tres meses que restan para la fecha decisiva, el TC., pueda declarar inconstitucional  la modificatoria del artículo 194° de la Constitución del Perú, con el cual se impide la reelección inmediata de alcaldes y gobernadores.

Para el efecto, el Tribunal Constitucional ya admitió la demanda presentada por un ciudadano con el respaldo de cinco mil firmas.

 De acuerdo con lo establecido en el artículo 100° del Código Procesal Constitucional, el plazo para interponer una demanda de inconstitucionalidad contra normas con rango de ley,  es de seis años contados a partir de su publicación.

 Habiéndose publicado la Ley 30305 el 10 de marzo del  2015 en el diario oficial El Peruano,  la demanda ha sido interpuesta dentro del plazo.

Luego de admitida la demanda, el Tribunal Constitucional ha emplazado  al Congreso de la República, para  que en el plazo de 30 días se apersone y conteste la demanda.

Cumplido este acto, el Tribunal Constitucional tiene un promedio de 90 días para resolver el pedido de inconstitucionalidad, la misma que puede darse antes del 07 de octubre del 2018, lo que llevaría a que los demandantes exijan al TC.,  que se amplíe o modifique la fecha de elecciones, para que los que ansían la reelección,  puedan participar en el presente proceso electoral, a sabiendas que las sentencias del TC en esta materia son retroactivas y los habilitaría legalmente para poder postular a la reelección, si se diese la inconstitucionalidad.  

 ¿ PODRÁ DARSE ESTA FIGURA ?

Con este Tribunal Constitucional que ordenó  la liberación de Ollanta Humala y Nadine Heredia, cualquier cosa puede pasar.

 Y no sería extraño que ad puertas del proceso electoral, salga la sentencia.

Por el bien de este proceso electoral 2018 que está por buen camino, se espera que no sucedan cosas extras, que perjudiquen el mismo.   

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