TRIBUNAL CONSTITUCIONAL |
* TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, admite a trámite la demanda de inconstitucionalidad
interpuesta contra la Ley de Reforma Constitucional 30305, publicada en el
diario oficial “El Peruano”, con fecha 10 de marzo de 2015.
* En tres meses puede resolver
el caso y puede abrir la puerta para la reelección de Alcaldes y Gobernadores.
* Sentencias del Tribunal Constitucional sobre
esta materia, SON retroactivos y por tanto se alteraría el calendario electoral.
UNA SENTENCIA FAVORABLE DEL T.C. permitiría que el
incapaz Gobernador Regional Nelson Chui, pueda postular a su reelección, lo
mismo que el eterno alcalde de Hualmay.
Para aquellos Gobernadores y Alcaldes que les ha gustado la reelección,
el Tribunal Constitucional les ha abierto las esperanzas que puedan volver a
postular, esperando que en los tres
meses que restan para la fecha decisiva, el TC., pueda declarar inconstitucional la modificatoria del artículo 194° de la Constitución
del Perú, con el cual se impide la reelección inmediata de alcaldes y
gobernadores.
Para el efecto, el Tribunal Constitucional ya admitió la demanda
presentada por un ciudadano con el respaldo de cinco mil firmas.
De acuerdo con lo establecido en
el artículo 100° del Código Procesal Constitucional, el plazo para interponer
una demanda de inconstitucionalidad contra normas con rango de ley, es de seis años contados a partir de su
publicación.
Habiéndose publicado la Ley 30305 el
10 de marzo del 2015 en el diario
oficial El Peruano, la demanda ha
sido interpuesta dentro del plazo.
Luego de admitida la demanda, el Tribunal Constitucional ha emplazado al Congreso de la República, para que en el plazo de 30 días se apersone y
conteste la demanda.
Cumplido este acto, el Tribunal Constitucional tiene un promedio de 90
días para resolver el pedido de inconstitucionalidad, la misma que puede darse
antes del 07 de octubre del 2018, lo que llevaría a que los demandantes exijan
al TC., que se amplíe o modifique la
fecha de elecciones, para que los que ansían la reelección, puedan participar en el presente proceso
electoral, a sabiendas que las sentencias del TC en esta materia son
retroactivas y los habilitaría legalmente para poder postular a la reelección,
si se diese la inconstitucionalidad.
¿ PODRÁ DARSE
ESTA FIGURA ?
Con este Tribunal Constitucional que ordenó la liberación de Ollanta Humala y Nadine
Heredia, cualquier cosa puede pasar.
Y no sería extraño que ad puertas
del proceso electoral, salga la sentencia.
Por el bien de este proceso electoral 2018 que está por buen camino, se
espera que no sucedan cosas extras, que perjudiquen el mismo.
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