lunes, 25 de junio de 2018

JEE DE HUARAL DECLARA INADMISIBLE INSCRIPCIÓN DE LISTA DE “PATRIA JOVEN” DE CHANCAY



¿ Qué pasa con su personero, el abogado  
Fernando Daniel Minaya Paulino ?



EUGENIO PROSPERO BRITO CASTRO,
CANDIDATO A LA ALCALDÍA DE CHANCAY

El Jurado Electoral Especial de Huaral, que Preside del magistrado WILIAN TIMANA GIRIO, declaró   INADMISIBLE  la solicitud de Inscripción de la Lista de Candidatos para el Concejo Distrital de Chancay, presentada el Personero Legal Titular de  la organización política PATRIA JOVEN, otorgándole  el plazo de DOS DÍAS CALENDARIOS  de notificada la presente, para subsanar la observaciones indicadas.

 Por ello se  RESERVAN el  pronunciamiento respecto de los candidatos que no registran observación, hasta que venza el plazo de subsanación, a fin de disponer una sola publicación de la lista.

De acuerdo a lo establecido en  el inciso 2 del artículo 6º de la LEM y los artículos 22° literal b) y 25° numeral 25.11 del Reglamento, se señala que  los candidatos a cargos de Alcaldes y Regidores deben haber nacido o domiciliar como mínimo dos años en la circunscripción a la cual postulan, en éste último caso, es de aplicación el domicilio múltiple.

Cabe precisar, que respecto al domicilio continuo de los candidatos, dentro de la circunscripción a la cual postulan, deben acreditarse con la dirección registrada en su Documento Nacional de Identidad. Es decir, se le otorga valor probatorio preferente, siempre que dicho documento califique como emisión 02 años antes a la fecha fijada (19 de junio del 2018) para el término de la presentación de solicitudes de inscripción de candidatos.

El Regidor distrital  CARLOS ALBERTO TRUJILLO ARQUINIGO, que va en la lista con el número 6, NO ACREDITA NACIMIENTO (UBIGEO  es ANCASH), teniendo  MENOS DE 2 AÑOS DE DOMICILIO en Chancay.

CARLOS ALBERTO TRUJILLO ARQUINIGO


 Asimismo, el Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (plataforma SIJE) emite alertas para la supervisión efectiva de las listas a inscribir. En el particular se detalla lo siguiente:

El candidato  JHON MACEDONIO CASIQUE LOPEZ, el cambio de su domicilio fue el 18 de abril del 2017, habiendo transcurrido menos de dos años. El  UBIGEO del domicilio anterior fue ANCASH– HUARMEY – HUARMEY.

JHON MACEDONIO CASIQUE LOPEZ


Sin embargo, se señala que a fojas 88 obra en original la partida de nacimiento del candidato Jhon Macedonio Casique Lopez, mediante la cual se verifica que su lugar de nacimiento es en el Distrito de Chancay, Provincia de Huaral, Departamento de Lima, cumpliendo con el requisito señalado en el numeral 6.2 del artículo 6° de la Ley de Elecciones Municipales.

Por ello, el JEE, ha declarado  la inadmisibilidad de la solicitud respecto a las observaciones advertidas, a fin de que sea subsanada conforme a lo dispuesto en el artículo 28° numeral 28.1 del Reglamento.

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