sábado, 28 de diciembre de 2013

LA ORDENANZA 055-2007-MPH PROHIBE LA QUEMA DE COHETES


Sin embargo nadie detiene  tremendo atentado contra la población

El 15 de Enero del 2008, se publica la Ordenanza Provincial 055-2007-MPH, aprobada el 23 de octubre del 2007 denominada “Ordenanza para la supresión y limitación de los ruidos y sonidos molestos en la provincia de Huaura”.
Sin embargo esta Ordenanza Provincial ha quedado en  el olvido, mientras el pueblo huachano sufre las consecuencias de este atentado en contra de su salud, ante la indiferencia general.
Los ruidos infernales azotan extremadamente al poblador  huachano, que poco o nada puede hacer ante el abuso de parte de mototaxistas, combis, vehículos de servicios públicos y particulares, perifoneo hasta altas horas de la noche.
La Ordenanza Provincial, prohíbe  el uso de bocinas, claxon, escapes libres, altoparlantes, megáfonos, perifoneo en la vía pública, equipos de sonido, sirenas, silbatos, cohetes, petardos o cualquier medio, que por intensidad, tipo, duración y/o persistencia ocasionen molestias al vecindario.
La proliferación de ruidos molestos está  atormentando a la población huachana.
Los mercados se han convertido en lugares de martirio para los que osen pasar por esos lugares. En forma irresponsable, en el Mercado Central se ha permitido instalar parlantes de las llamadas “sonoras del mercado”, que compiten entre sí para saber quien hace más bulla.
Similar hecho se da en el Mercado Centenario, ahondado con los claxon de los mototaxistas y tricicleros vendedores de frutas.

LA ORDENANZA PROVINCIAL 055-2007-MPH OTORGA FACULTADES AL VECINO A DENUNCIAR ATENTADO

La Ordenanza señala que las infracciones a las disposiciones contenidas en la presente ordenanza podrán ser denunciadas por cualquier vecino a la Municipalidad de su jurisdicción o a la Policía Nacional del Perú. La autoridad municipal o policial previa verificación y comprobación procederá conforme a lo dispuesto en la Ordenanza.
Huacho y las principales ciudades de esta región sufren los abusos producidos por el claxon de los vehículos, los altoparlantes ambulantes y carretilleros y de las tiendas comerciales, el ulular de las ambulancias o bomberos, las marchas de protesta, sobre todo aquellas que se hacen detonando bombardas, los bailes chicheros de los fines de semana, que atentan contra la tranquilidad diurna y nocturna. No escapaba a todo esto  los bailes folklóricos.
Las festividades religiosas se están convirtiendo en un tormento semanal para la población huachana, porque no solamente se dan los bailes al aire libre, sino que desde las seis de la mañana, las bombardas o cohetes, abruman a los ciudadanos y se vuelve más insoportable a las 12 de la noche, justo cuando tratamos de conciliar el sueño para la jornada siguiente.
Toda esta masa de bulla producida a diario, ante la indiferencia de las autoridades, produce dolores de cabeza, estrés y enfermedades crónicas mentales.

NO SE APLICA LA ORDENANZA

La Ordenanza Provincial 055-2007, prohíbe dentro de la jurisdicción de la provincia de Huaura, la producción de ruidos nocivos o molestos, cualquiera fuere el origen y el lugar en que se produzcan.
Sin embargo todo sigue igual a pesar que la Ordenanza 055-2007,  establece multas para quienes infrinjan esta norma y que va desde el 10% hasta el 20% de la UIT.
Para los reincidentes, la sanción será igual al doble de la inicial, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento del Fiscal Provincial Penal de Turno, para que el infractor sea denunciado ante el Poder Judicial, por el delito contra la salud.
Cuando se trata de establecimientos comerciales, la reincidencia se sancionará además con la cancelación de la licencia municipal de funcionamiento y de toda autorización o permiso municipal referido al funcionamiento del establecimiento.

ORDENANZA 055-2007 PERMITE AL VECINO A EFECTUAR LA DENUNCIA

La Ordenanza Provincial 055 – 2007, señala que las municipalidades promoverán la colaboración de los vecinos en la eliminación y control de los ruidos nocivos y molestos en sus respectivas jurisdicciones.
Las infracciones a las disposiciones contenidas en la presente ordenanza podrán ser denunciadas por cualquier vecino a la municipalidad de su jurisdicción o a la Policía Nacional del Perú. La autoridad municipal o policial previa verificación y comprobación procederá conforme a lo dispuesto en la Ordenanza.
Los comités vecinales por delegación expresa de la autoridad municipal, pueden aplicar a los infractores, las sanciones previstas en la presente Ordenanza, remitiendo las papeletas respectivas, a la correspondiente repartición municipal, para que disponga su cobro.
La Ordenanza Provincial 055-2007 determina que la Policía Nacional del Perú deberá prestar el apoyo que soliciten los regidores a los efectos señalados.
Los locales sociales en que se realicen cualquier tipo de fiestas o reuniones públicas o privadas, deberán funcionar a puertas cerradas y no deberán exceder por ningún motivo, el límite de los decibeles fijados.
La contaminación sonora avanza en la provincia de Huaura, no obstante que hay una Ordenanza Provincial que data desde el 2007 y debe proteger a la población.




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