Sin embargo nadie detiene tremendo atentado contra la población
El 15 de Enero del 2008, se publica la
Ordenanza Provincial 055-2007-MPH, aprobada el 23 de octubre del 2007
denominada “Ordenanza para la supresión y limitación de los ruidos y
sonidos molestos en la provincia de Huaura”.
Sin embargo esta Ordenanza Provincial ha
quedado en el olvido, mientras el pueblo huachano sufre las consecuencias
de este atentado en contra de su salud, ante la indiferencia general.
Los ruidos infernales azotan
extremadamente al poblador huachano, que poco o nada puede hacer ante el
abuso de parte de mototaxistas, combis, vehículos de servicios públicos y
particulares, perifoneo hasta altas horas de la noche.
La Ordenanza Provincial, prohíbe el
uso de bocinas, claxon, escapes libres, altoparlantes, megáfonos, perifoneo en
la vía pública, equipos de sonido, sirenas, silbatos, cohetes, petardos o
cualquier medio, que por intensidad, tipo, duración y/o persistencia ocasionen
molestias al vecindario.
La proliferación de ruidos molestos
está atormentando a la población huachana.
Los mercados se han convertido en lugares
de martirio para los que osen pasar por esos lugares. En forma irresponsable,
en el Mercado Central se ha permitido instalar parlantes de las llamadas
“sonoras del mercado”, que compiten entre sí para saber quien hace más bulla.
Similar hecho se da en el Mercado
Centenario, ahondado con los claxon de los mototaxistas y tricicleros
vendedores de frutas.
LA ORDENANZA PROVINCIAL 055-2007-MPH
OTORGA FACULTADES AL VECINO A DENUNCIAR ATENTADO
La Ordenanza señala que las infracciones a
las disposiciones contenidas en la presente ordenanza podrán ser denunciadas
por cualquier vecino a la Municipalidad de su jurisdicción o a la Policía
Nacional del Perú. La autoridad municipal o policial previa verificación y
comprobación procederá conforme a lo dispuesto en la Ordenanza.
Huacho y las principales ciudades de esta
región sufren los abusos producidos por el claxon de los vehículos, los
altoparlantes ambulantes y carretilleros y de las tiendas comerciales, el
ulular de las ambulancias o bomberos, las marchas de protesta, sobre todo
aquellas que se hacen detonando bombardas, los bailes chicheros de los fines de
semana, que atentan contra la tranquilidad diurna y nocturna. No escapaba a
todo esto los bailes folklóricos.
Las festividades religiosas se están
convirtiendo en un tormento semanal para la población huachana, porque no
solamente se dan los bailes al aire libre, sino que desde las seis de la
mañana, las bombardas o cohetes, abruman a los ciudadanos y se vuelve más
insoportable a las 12 de la noche, justo cuando tratamos de conciliar el sueño
para la jornada siguiente.
Toda esta masa de bulla producida a
diario, ante la indiferencia de las autoridades, produce dolores de cabeza,
estrés y enfermedades crónicas mentales.
NO SE APLICA LA ORDENANZA
La Ordenanza Provincial 055-2007, prohíbe
dentro de la jurisdicción de la provincia de Huaura, la producción de ruidos
nocivos o molestos, cualquiera fuere el origen y el lugar en que se produzcan.
Sin embargo todo sigue igual a pesar que
la Ordenanza 055-2007, establece multas para quienes infrinjan esta norma
y que va desde el 10% hasta el 20% de la UIT.
Para los reincidentes, la sanción será
igual al doble de la inicial, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento
del Fiscal Provincial Penal de Turno, para que el infractor sea denunciado ante
el Poder Judicial, por el delito contra la salud.
Cuando se trata de establecimientos
comerciales, la reincidencia se sancionará además con la cancelación de la
licencia municipal de funcionamiento y de toda autorización o permiso municipal
referido al funcionamiento del establecimiento.
ORDENANZA 055-2007 PERMITE AL VECINO A
EFECTUAR LA DENUNCIA
La Ordenanza Provincial 055 – 2007, señala
que las municipalidades promoverán la colaboración de los vecinos en la
eliminación y control de los ruidos nocivos y molestos en sus respectivas
jurisdicciones.
Las infracciones a las disposiciones
contenidas en la presente ordenanza podrán ser denunciadas por cualquier vecino
a la municipalidad de su jurisdicción o a la Policía Nacional del Perú. La
autoridad municipal o policial previa verificación y comprobación procederá
conforme a lo dispuesto en la Ordenanza.
Los comités vecinales por delegación
expresa de la autoridad municipal, pueden aplicar a los infractores, las
sanciones previstas en la presente Ordenanza, remitiendo las papeletas
respectivas, a la correspondiente repartición municipal, para que disponga su
cobro.
La Ordenanza Provincial 055-2007 determina
que la Policía Nacional del Perú deberá prestar el apoyo que soliciten los
regidores a los efectos señalados.
Los locales sociales en que se realicen
cualquier tipo de fiestas o reuniones públicas o privadas, deberán funcionar a
puertas cerradas y no deberán exceder por ningún motivo, el límite de los
decibeles fijados.
La contaminación sonora avanza en la
provincia de Huaura, no obstante que hay una Ordenanza Provincial que data
desde el 2007 y debe proteger a la población.
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