¿CUÁNTO COSTÓ EL PUBLI EN CARETAS? (Foto Caretas) |
PARTE II
EL TERRENO PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL REGIONAL DE
CAÑETE
El 25 de setiembre del
2008, ingresa por secretaría la propuesta de venta presentada de un terreno,
firmada por José Rizo Patrón Buckley.
El precio del terreno
estaba valorizado en 800 mil dólares, pero se tenía que esperar hasta noviembre
para aceptar la oferta y lo más resaltante era que las partes contratantes
renunciaban su fuero domiciliario y se
sometían a los jueces y tribunales del distrito judicial de Lima.
La propuesta de venta
ingresó por secretaría y no por mesa de partes, habiéndose colocado el sello de
muy urgente y con fecha 26, ya estaba con proveído, pasando al área de asesoría
legal para que se pronuncie al respecto.
Ese mismo día la
propuesta ya estaba en la Unidad de Planificación y Presupuesto, para ver la
disponibilidad presupuestaria. Sin más preámbulos, el mismo 26 de setiembre el
Jefe de Planeamiento y Presupuesto, Manuel Gonzales Gómez, informa al
Alcalde Javier Alvarado Gonzales del Valle, que mediante Resolución de Alcaldía 413-2008-AL-MPC del mismo día 26 de setiembre, se había efectuado la modificación presupuestal para la compra de terreno por el monto de S/2´440,898.00.
Alcalde Javier Alvarado Gonzales del Valle, que mediante Resolución de Alcaldía 413-2008-AL-MPC del mismo día 26 de setiembre, se había efectuado la modificación presupuestal para la compra de terreno por el monto de S/2´440,898.00.
El alcalde Alvarado
Gonzales del Valle, aprobó esa Resolución de alcaldía, sin dar cuenta al
Concejo Provincial de Cañete y sin que éste colegiado lo haya aprobado, después
de un debate.
JAVIER ALVARADO DEJÓ SIN EFECTO OBRAS PRIORITARIAS PARA
COMPRAR EL TERRENO
Con la Resolución de
Alcaldía 413-2008, Javier Alvarado Gonzales del Valle, el entonces Alcalde de
Cañete dejó sin efecto obras como el techado del coliseo Lolo Fernández,
presupuestado en S/300,00.00 nuevos soles.
También la
construcción de la segunda etapa del Palacio Municipal valorizado en
S/800,000.00 nuevos soles, mejoramiento de caminos carrozables S/230,000.00
nuevos soles, la construcción del sistema de alcantarillado de Cochahuasi por
S/244,000.00 nuevos soles, construcción del sistema de alcantarillado de del CP
Villa El Carmen por S/100,000.00
ASESOR LEGAL DA VISTO BUENO A LA COMPRA
Mediante informe legal
Nº 549- 2008-AS-LEG-MPC del 28 de setiembre del 2008, refrendado por el abogado
Roberto Rivera Gutiérrez, quien opina que es factible la exoneración del
proceso de selección para la compra de un inmueble de 22 hectáreas en San Luis,
siempre que se cumpla con los requisitos mencionados y previo dictamen de la
Comisión de Planificación, Economía y Administración de la Municipalidad
Provincial de Cañete.
El 13 de octubre del
2008, se publica el aviso en el diario “Matices” de Cañete, señalando la
necesidad de adquirir un terreno que reúna los requisitos apropiados para los
que iban a ejecutar la compra.
Ese mismo día el
Gerente de Administración Eduardo Wanus,
comunica al Gerente Municipal Manuel Márquez, que la referida
convocatoria ya fue publicada y colgada en la página Web de la Municipalidad
Provincial.
Y por una casualidad,
solamente se había recibido una sola oferta que era precisamente la de José
Rizo Patrón.
PRESUNCIÓN DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DEL CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
La Comisión de Fiscalización
del Congreso de la República, llega a la presunción de que cinco días antes de
la recepción de la oferta de venta por la Municipalidad de Cañete y 24 días
antes de la publicación del comunicado en el diario “Matices”, tanto el titular
de la entidad como los funcionarios responsables de la modificación del
presupuesto institucional, YA tenían conocimiento de la existencia de dicha
oferta de venta y que además se tenía que efectuar la modificación por la suma
antes señalada.
En buen romance o
hablando criollamente, todo estaba ya preparado de antemano para realizar la
compra al único postor. Lo demás fue pura finta.
Y para redondear la
faena el Concejo Provincial, sumisamente aprueba la exoneración del proceso de
selección, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 076-2008-MPC.
ENTRA A TALLAR LA FISCALÍA PROTEGIENDO A JAVIER ALVARADO
Mediante sentencia de
fecha 17 de marzo del 2010, la Primera Fiscalía Provincial Penal, resuelve
declarar la NO procedencia de la formalización y continuación de la
investigación preparatoria contra el entonces Alcalde Provincial de Cañete,
Javier Alvarado Gonzales del valle, Regidores y Funcionarios, por el delito
contra la Administración Pública, Peculado, Concusión, Malversación de Fondos,
Colusión, Asociación Ilícita para Delinquir, en agravio del Estado.
Esta denuncia fue
archivada definitivamente, mediante la providencia fiscal Nº 01 de fecha 02 de
junio del 2010.
¿ HUBO O NO, FAENONES?
Luego de analizar la
documentación presentada, la Comisión de Fiscalización del congreso de la
República llega a las siguientes conclusiones:
1.- Se ha determinado
indicios razonables de la comisión del delito de Abuso de
Autoridad por parte del ex Alcalde Javier Alvarado Gonzales del Valle y fduncioanrios.
Autoridad por parte del ex Alcalde Javier Alvarado Gonzales del Valle y fduncioanrios.
2.- Se ha determinado
indicios razonables de la comisión de delito de Negociación Incompatible por
parte de Javier Alvarado Gonzales del valle y funcionarios.
3.- Sobre el caso
FINVER se ha llegado a determinar que el Fondo de Inversiones de Cañete, no se
llegó a constituir conforme a Ley para su correcta administración.
No se ha llegado a
determinar las razones por lasa cuales no se suscribió el contrato de
fideicomiso, según las normas que regulan el fondo de inversiones.
4.- Se ha determinado
indicios razonables de la presunta comisión de delito de Peculado, por parte de
los señores Manuel Márquez Vivanco y Eduardo Wanus Gonzales, quienes se
desempeñaron como Gerente Municipal y Gerente de Administración de la
Municipalidad provincial de Cañete, a raíz de lo cual procedieron a retirar la
suma de S/4´306,485.55, nuevos soles mediante la emisión de 270 cheques,
durante los años del 2007 al 2010, sin que existan en la Municipalidad
Provincial, documento alguno que sustenten dichos pagos o la identidad de las
personas que cobraron dichos valores.
5.- Se ha determinado
indicios razonables de la comisión de delito de Peculado presuntamente cometido
por Manuel Humberto Márquez Vivanco, ex gerente municipal, al haber girado el
cheque Nª 00001608 a favor de Jorge Eduardo García Quispe, por la suma de
S/9,800.00 nuevos soles, a pesar de que esta persona no se encuentra registrada
en el RENIEC. Es decir se pagó a una
persona inexistente, habiendo este “fantasma”, endosado supuestamente a favor de dicho funcionario
quien habría retirado dicho monto de la cuenta corriente del FINVER – Cañete.
6.- Se ha determinado indicios
razonables de la comisión de delito de Negociación Incompatible, presuntamente
cometido por Javier Alvarado Gonzales del Valle y los funcionarios de su
gestión.
7.- Se ha determinado
indicios razonables de la comisión del delito de Incumplimiento del Deber
funcional, presuntamente cometido por Javier Alvarado Gonzales del valle, al no
haber verificado la suscripción de un contrato fiduciario con una empresa
financiera, de una empresa financiera que cuente mayoritariamente con capitales
estatales, para el manejo del fondo de Inversiones.
Asimismo por no haber
supervisado la recaudación y el manejo administrativo de los fondos de la
municipalidad, que se evidencia en los cheques firmados por el Gerente
municipal y órganos responsables por más de 4 millones de nuevos soles.
INCREÍBLE.
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