lunes, 22 de diciembre de 2014

ALCALDE SALIENTE DE SANTA LEONOR SE RESISTE A ENTREGAR EL CARGO


ALCALDE SALIENTE DE SANTA LEONOR, SE PASÓ POR ENCIMA DE LA LEY 30204
CUESTIONADO GERENTE MUNICIPAL DE SANTA LEONOR, CARLOS CASÓS


Bloquea a la comisión de transferencia

Toda la documentación oficial la recibe en Huacho, pero una carta notarial quiere que se recepcione en Jucul

El Alcalde Héctor Torres de la Cruz y su Gerente Municipal Carlos Casos Jorge, tratan de esconder toda la presunta corrupción existente en esta pobre municipalidad.

Se burlan de la Ley 20304 y han sido denunciados penalmente ante el Ministerio Público de Huaura

César  Santiago Valladares Salas, alcalde electo del distrito de Santa Leonor ha interpuesto una denuncia penal contra el saliente alcalde y Presidente de la Comisión de Transferencia de ese distrito, Héctor Rodolfo Torres de la Cruz,  por el presunto delito contra la Fe Pública en la demora de actos funcionales, previsto y penado en el artículo  377º del Código Penal concordante con el artículo 10 de la Ley 30204.

El 11 de junio del 2014, se publica la Ley 30204, se regula la transferencia de la gestión administrativa de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Posteriormente mediante Resolución de Contraloría Nº 528-2014 –CG, publicado el 29 de octubre del 2014, se aprueba la directiva Nº 008-2014-CG/PCOR, que regula la transferencia de la gestión administrativa de gobiernos regionales y gobiernos locales.

En el artículo 4º de la Ley 30204 y en el numeral 7.1 de la Directiva Nº 008-2014- CG/PCOR, establece el procedimiento de la convocatoria para el acto de conformación e instalación de la comisión de transferencia de la gestión, la cual deberá de ser de estricto cumplimiento de parte de las autoridades salientes.

Mediante oficio Nº 1187- 2014-JEEH/JNE de fecha 217 de octubre del 2014, el Jurado Electoral Especial de Huaura, remite al Alcalde de la Municipalidad distrital de Santa Leonor, el acta general de proclamación de resultados de cómputo y de autoridades municipales, entre ellas de la Municipalidad distrital de Santa Leonor, período 2015 – 2018, habiéndose recibido el documento el 28 de octubre del 2014.

Héctor Torres de la Cruz, alcalde saliente de la Municipalidad distrital de Santa Leonor, a pesar de tener conocimiento de estas disposiciones retarda injustificadamente el cumplimiento de las mismas, pasándose por encima de las normas vigentes y en una demostración que algo trata de ocultar desesperadamente, resistiéndose a cumplir con lo establecido, contando con la complicidad de su Gerente Municipal, el abogado Carlos Casós Jorge.

Conforme lo establece el artículo 4º de la Ley 30204, así como el numeral 7.1 de la Directiva Nº 008-2014-CG/PCOR, los procedimientos y plazos para conformar e instalar la comisión de transferencia son  de 05 días hábiles siguientes a la proclamación de las autoridades electas, procedimiento que el actual alcalde de la Municipalidad distrital de Santa Leonor, ha cumplido retardadamente, tal cual se puede verificar del 0ficio Nº 099-2014 –MDSL de fecha 11 de noviembre del 2014, dirigida al Alcalde electo  de la Municipalidad distrital de Santa Leonor, con fecha de recepción del 18 de noviembre del 2014.

No obstante el incumplimiento retardado por parte de Héctor Torres de la Cruz, alcalde saliente, se le pone de conocimiento  mediante carta de fecha 04 de noviembre del 2014, de las direcciones de la autoridad electa,  en donde se les puede remitir las comunicaciones.

Al no obtener respuesta alguna, el alcalde electo César Valladares, le cursa  una segunda carta con fecha 12 de noviembre del 2014, la misma que fue recepcionada a las 3.40 de la misma fecha, con la finalidad de convocar a la instalación de la comisión de transferencia.

Asimismo, mediante carta del 25 de noviembre del año en curso, el Lic. César Valladares Salas en su condición de alcalde electo de la Municipalidad distrital de Santa Leonor, realiza la propuesta de integrantes de la comisión del proceso de transferencia por parte del alcalde electo, detallándose en la misma algunas fecha para que sean debatidas por el pleno de la comisión de transferencia de ambas partes.

Se adjuntó la acreditación del abogado  Rigoberto Gregorio  Natividad Andrade, como representante del  Alcalde electo de Santa Leonor.

Con fecha 25 de noviembre del 2014 a las 9.00, se dio  la conformación e instalación de la Comisión de Transferencia  de la gestión  municipal del distrito de Santa Leonor, encontrándose presente los miembros integrantes, tanto de los representantes del alcalde electo, como del saliente, cuyos acuerdos fueron los siguientes:
1.- Con fecha 15 de diciembre se realizará la entrega de Rendición de Cuentas, cumpliendo con la estructura y contenido señalado en la Directiva Nº 008- 2009- CG/PCOR, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 29 de octubre del 2014.

2.- Se acuerda por unanimidad que a posterior a la entrega el informe de rendición de cuentas, se fijará fecha para la validación.

3.- Se fijan los días 27, 28 y 29 de diciembre, realizar la culminación de la transferencia y suscripción del acta de transferencia.

Con fecha 15 de diciembre del 2014, siendo la 1.00 PM., los integrantes de la comisión entrante, se apersonaron a la oficina de enlace de la Municipalidad de Santa Leonor, sito en la calle Guillermo Velásquez Nº 184, para cumplir con el acuerdo del acta y recibir el informe de rendición, dándose con la grata sorpresa que el local municipal se encontraba cerrado.

Esta es la misma maña que siempre han utilizado el Alcalde saliente y su Gerente Municipal, para evadir responsabilidades.

No obstante ello, a horas 5.52 PM., la comisión representantes del alcalde entrante realizan la entrega de un documento en la oficina de enlace de la Municipalidad distrital de Santa Leonor, donde se muestran las observaciones por el incumplimiento al Acta de conformación e instalación  de la comisión de transferencia, llevada a cabo el 25 de noviembre  del 2014 en la localidad de Jucul, distrito de Santa Leonor, con las siguientes observaciones:

1.- Denunciar la poca voluntad del Gerente Municipal y miembro de la comisión de transferencia, señor Carlos G. Casos Jorge, en coordinar alturadamente con los miembros de la comisión de transferencia del alcalde electo, que desde el 25 de Noviembre del 2014 a la fecha,  no se ha comunicado y menos dirigido algún documento a la dirección del alcalde electo y que es de su conocimiento.

2.- Con fecha 12 de diciembre del 2014, el abogado Rigoberto Natividad Andrade, en su calidad de representante del alcalde electo, coordinó con el señor Jorge Salazar Reyes, miembro de la comisión de transferencia del alcalde saliente y secretario general de la Municipalidad distrital de Santa Leonor, quienes fijaron como fecha el 15 de diciembre, que en horario de oficina se haría la entrega del informe de rendición de cuentas.
Lamentablemente sin el ánimo al diálogo y de manera unilateral, la comisión de transferencia del alcalde saliente levanta un acta a la 1.20 PM., sin la presencia de los integrantes de la comisión de  transferencia del alcalde electo. Así es como trabaja Carlos Casós Jorge.

Ante estas acciones sospechosas de parte del alcalde y su Gerente Municipal, el 17 de diciembre del 2014, se cursó la carta notarial por intermedio del Notario Carlos Reyes Ugarte, la misma que se diligenció en dos oportunidades, atendido por el trabajador encargado de la oficina de la Municipalidad que no quiso identificarse, recibió el documento y enterado del documento, después de haberlo leído se negó a recepcionar aduciendo que se tiene que presentar en la Municipalidad distrital de Santa Leonor, sito en la Plaza de Armas de Jucul,  muy a pesar que todas las comunicaciones las recibe en la oficina de enlace, ubicado en la calle Guillermo  Velásquez Nº 184 – Huacho, como consta en las hojas membretadas de la institución. Esta es otra de las mañas del alcalde saliente y su Gerente Municipal, para evitar que las notificaciones u otros documentos lleguen a tiempo a su destinatario.

Queda demostrado a todas las luces que el alcalde saliente y los integrantes de su comisión, vienen alargando exprofesamente el cumplimiento de las disposiciones vigentes para la entrega del cargo, atentando contra la normal transferencia y retardando el proceso regular establecido  en las disposiciones legales.
La denuncia queda ahora en manos  del Ministerio Público de Huaura de realizar las investigaciones correspondientes para determinar las responsabilidades incurridas en el incumplimiento de la Ley  Nº 30204, por parte de los denunciados.


Copia de la denuncia penal ha sido remitida con carácter de urgente a la Contraloría General de la República.

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