miércoles, 14 de enero de 2015

TRIBUNAL DE SANCIÓN DEL SISTEMA DE DEFENSA JURIDICA DEL ESTADO, RECOMIENDA A NELSON CHUI INICIAR PROCESO ADMINISTRATIVO A WILFREDO HUMBERTO MAURTUA BRENDELL


TENDRÁ QUE SER DESTITUIDO


Es el Procurador Público Adjunto del Gobierno Regional Lima y trabajó de la mano con Javier Alvarado en la cobarde persecución de la Dra. Lita Román Bustinza

El Tribunal de Sanción del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, mediante Resolución Nº 135-2014/SDJE-TS de fecha 09 de diciembre del 2014, resuelve Recomendar al Presidente del Gobierno Regional Lima, que dé inicio al Procedimiento Administrativo respectivo contra el abogado Wilfredo Humberto Maurtua Brendell, Procurador Público Adjunto de dicha entidad, por la presunta comisión de inconducta funcional tipificada en el inciso b) del numeral 2 del artículo 58º del Decreto Legislativo Nº 1068 en perjuicio de los intereses del Gobierno Regional de Lima.

Esto debido a la presentación del recurso de agravio constitucional, declarado improcedente por el Tribunal constitucional con auto de fecha 01 de setiembre del 2014, Expediente Nº 100-2014-Q/TC, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente, debiéndose desarrollar dicho procedimiento en mérito a los principios establecidos en el artículo 230º de la Ley Nº 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

EL QUID DEL ASUNTO

Luego que el Gobierno Regional Lima perdió el proceso judicial que le iniciara la Dra. Lita Román Bustinza, entonces Vicepresidente  Regional, por habérsele rebajado abusivamente las remuneraciones por su condición de Vicepresidente Regional, el abogado Humberto Wilfredo Maurtua Brendell, Procurador Público Adjunto del Gobierno Regional Lima, presuntamente siguiendo órdenes de su entonces jefe Javier Alvarado Gonzales del Valle, interpone  un Recurso de Agravio Constitucional, a pesar que dicho recurso corresponde únicamente al demandante, cuando la sentencia le es adversa.

Este abogado que funge de Procurador Público Adjunto hace quedar mal a la institución que representa, sustentó su recurso con argumentos incoherentes y carentes de una adecuada fundamentación, siendo declarado improcedente mediante auto de fecha 01 de setiembre del 2014 por el Tribunal Constitucional, debido a que “Quien ha interpuesto el recurso de agravio constitucional es el demandado, que no tiene habilitación constitucional, ni legal para hacerlo”.

Es decir, este mal abogado, o desconoce las normas vigentes o solamente trató de perjudicar los legítimos derechos de la Dra. Lita Román Bustinza, por lo que debe ser sancionado drásticamente en el gobierno regional Lima, ya que esta nueva gestión no puede contar con un abogado que actúe de esta manera.
Esperamos que al señor Nelson Chui, no le tiemble la mano para ordenar el inicio inmediato del proceso administrativo correspondiente para que  se separe del cargo a este abogado.



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