GUILLERMO AGÜERO FUE CONSIDERADO POR LA FISCAL SUPERIOR COMO RESPONSABLE DEL CASO TEC CORPORATION |
Sorpresivamente fue librado en la
Corte Suprema, cuando en primera y segunda instancia le pusieron 4 años de
prisión.
La doctora Carla Patricia Vargas Guerra, Fiscal Adjunta Superior de la Segunda Fiscalía Superior Penal de
Huaura, mediante el dictamen 283-2004,
propone se le imponga a GUILLERMO TOMÁS
AGÜERO REEVES, ocho años de pena privativa de libertad y se le condene al
pago de S/5,000.00 nuevos soles por concepto de reparación civil, que deberá
ser abonado a favor de los agraviados en razón de S/2,500.00 soles por cada
agraviado.
Se
acusa a Guillermo Tomás Agüero Reeves, como presunto autor del delito contra la
Administración Pública en la modalidad de PECULADO
E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES en agravio del Estado y la
Municipalidad Provincial de Huaura.
ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LOS HECHOS
Del
análisis y la evaluación de los hechos, se atribuye al procesado Guillermo
Tomás Agüero Reeves, que en su calidad de Alcalde de la Municipalidad
Provincial de Huaura, el 18 de julio del 2001, haber suscrito con la Empresa TrafficEngineering& Control Corporatión,
un contrato de Concesión de la Administración de Gestión del Tránsito, detección de infracciones y
control de pagos, en el cual sin contar con la aprobación del pleno de su
Concejo, adecuó de propia iniciativa el plazo de concesión a 08 años, no
obstante existir el Acuerdo de Concejo No. 08-2001 del 31 de Enero del 2001.
Con
este Acuerdo se aprobaba las Bases del Concurso Público para la Concesión del
proyecto y se establecía que el plazo de concesión sería de 10 años y no de 08
años, como este llegaría a suscribirlo con la empresa en mención.
Guillermo
Agüero Reeves, trata de ocultar desde un comienzo el arreglo que bajo la mesa
había hecho con la empresa conocida como TEC Corporatión. Es el entonces Regidor
Efraín Castilla, quien solicita al
Alcalde, le entregue copia del arreglo que había hecho en forma unilateral. Sin
embargo AgüeroReeves se niega a entregar los documentos, solicitados por el ex
regidor con documentos de fecha 10 de setiembre y 12 de octubre del 2001
EDICION DE "OPINION REGIONAL" DEL 05 DE DICIEMBRE DEL 2004 |
AGÜERO TRANQUILAMENTE SE VA A HUARI Y
BARBA ENTREGA LOS DOCUMENTOS
Guillermo
agüero, guardó el contrato fraudulento bajo ocho llaves, para que nadie lo
conociera. Con esa tranquilidad se va de paseo a su tierra Huari en goce de
vacaciones.
Humberto
Barba Mitrani, lo reemplaza en el sillón municipal y recibe un buen día la
visita de Luis Rey Villavicencio, Director del periódico “El Rumbo”, que había
llegado para entrevistarlo y de paso le solicita el contrato de Agüero.
Barba
no se inmuta, porque también desconocía el contenido del mismo y ordena que se
entregue el decisivo documento, que es dado a conocer públicamente a la
población y en donde se descubre el cambiazo que había hecho por su cuenta el
Alcalde Provincial.
Sin
querer queriendo, Humberto Barba “echa” a Guillermo Agüero y se descubre las
intenciones nada santas en contra del pueblo huachano.
SITUACIÓN JURÍDICA
La
Fiscal Superior, señala que de la revisión y análisis de todo lo actuado, se
tiene que con el mérito probatorio de las Actas de Sesión Ordinaria de Concejo
de fecha 26 de Enero del 2001, la Resolución de Acuerdo de Concejo No. 00008 –
2001 de fecha 31 de enero del 2001 y el
mérito de las Bases del Concurso de Proyectos Integrales, denominado
“Administración, Gestión del Tránsito, Detección de Infracciones y control de
Pagos”, se encuentra fehacientemente acreditado que por acuerdo de la mayoría
del pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura- Huacho, acordó
expresamente que el plazo para la ejecución del plazo en referencia, sería de
10 años.
“Sin
embargo el procesado Guillermo
Agüero Reeves, en su condición de Alcalde, sin conocimiento de sus Regidores y
sin respetar el antes citado Acuerdo de Concejo, inconsultamente al momento de
suscribir el contrato con la empresa ganadora del Concurso de Proyectos
integrales “TrafficEngineering& Control Corporatión S.A., llegó a modificar
el plazo de concesión, reduciéndolo de 10 a 08 años, aduciendo en su
declaración judicial, que era la decisión más conveniente para los intereses de
la Municipalidad y que por ello, no existe perjuicio alguno, circunstancia que
es corroborada por la declaración de los testigos Guillermo Andrade Escobar,
Carmela Mireya Escudero de Chang, Agustín Loo Salinas, quienes en su condición
de Regidores de la Municipalidad , sin sindicar directamente , muestran su
sorpresa de que el Alcalde procesado, haya firmado un contrato de concesión por
un plazo de 08 años, cuando existe un Acuerdo del Pleno del Concejo, que señala
10 años como plazo de concesión del mismo”
El
representante de TEC Corporatión hace referencia incriminadora contra el
Alcalde Agüero al afirmar que “por
negociaciones sostenidas entre el
personal de su empresa y la Municipalidad se pacta de común acuerdo que el
plazo de duración del contrato de concesión sólo sería de 08 años,
circunstancia que se vería plasmada en la cláusula 05 del contrato de concesión
de la Administración, gestión de tránsito, detección de las infracciones y
control de pagos”
En
la cláusula 10 E, se advierte que la Municipalidad Provincial, percibirá el 40%
de lo recaudado por la empresa, correspondiente a los ingresos generado por las
multas que se impongan en la jurisdicción de Huaura- Huacho, significando ello
que cuando más tiempo sea el plazo de concesión, más ingresos percibirá la Municipalidad, en tanto que al restar los
años de concesión, disminuiría los beneficios obtenidos, lo cual no hace más
que generar un desmedro en perjuicio de los intereses.
“Siendo ello, es de concluir que el procesado Alcalde
Provincial, Guillermo Agüero Reeves, en
evidente contubernio con la empresa TEC Corporatión, desconociendo las
Bases del concurso del Proyecto Integral y el Acuerdo de Concejo No. 00008 –
2001, que establece 10 años como plazo para la ejecución del Proyecto, contados
a partir de la suscripción del respectivo contrato, lograron reducir a 08 el
plazo de concesión, tomando conocimiento sus Regidores, por propia información
del procesado Agüero, luego de la suscripción del Contrato Concesión,
circunstancia que no hace más que denotar la dolosa concertación que existió entre el procesado Alcalde
Provincial, Guillermo Agüero Reeves y el Gerente General de la empresa ganadora
del Concurso Público, con la finalidad de favorecerlo en sus intereses
económicos (reducción del plazo de concesión).”
“No
obstante ello, existen pruebas instrumentales, corroborado por la propia
autoinculpación del procesado Guillermo
Agüero Reeves, que este se mostró renuente a los reiterados requerimientos
efectuados por el denunciante Efraín Daniel Castilla La Rosa, quien en su
calidad de Regidor de la Municipalidad, exigía copias certificadas de los
documentos relacionados con el concurso de proyectos , habiendo omitido
ilegalmente con tal acto propia de su
función , argumentando la falta de liquidez
económica para el fotocopiado de
los documentos, argumento que deviene por demás endeble , que no hace más que
afianzar la culpabilidad del procesado,
respecto al delito de Incumplimiento de Deberes Funcionales”
Por
ello “el Ministerio Público es de la opinión, que hay mérito para pasar a
juicio oral contra GUILLERMO TOMÁS AGÜERO REEVES, como presunto autor del
delito contra la Administración Pública en la modalidad de COLUSIÓN E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES en agravio del Estado y la Municipalidad Provincial de Huaura-
Huacho.”
En
primera y segunda instancia, Guillermo Agüero Reeves, fue condenado a 4 años de
prisión, pero sorpresivamente, la Corte Suprema de la República lo absolvió de
toda culpa y ahora aparece como el que no hizo nada en contra del pueblo
huachano, cuando en realidad nos dejó una bomba de tiempo y todavía con todo el cinismo, trata de incapaz al actual
Alcalde Provincial que ha asumido el pasivo de este
sospechoso accionar del ex Alcalde Guillermo Agüero.
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