(Foto: enlineaperu.blogspot.com)
Jorge Brignole Santolalla se encuentra en la SUNAT activo desde el 23 de octubre del 2007,
autorizado a emitir facturas y recibos por honorarios.
Pero en el REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES se inscribió
como PROVEEDOR DE SERVICIOS (pero no de BIENES), vigente desde 15/04/2011 hasta
el 15/04/2012.
Entonces desde el 15 de abril del 2012 su inscripción en
el RNP está CADUCO, por lo tanto no está autorizado a contratar con el Estado, siendo de obligación en este caso, del Gobierno
Regional Lima de haberle pedido al proveedor su inscripción vigente para ser
participante, postor o contratista.
Para contratar con el Estado, hay que tener inscripción
vigente en el RNP en uno o más dentro de estos cuatro bloques: ejecutor de
obras, consultor de obras, bienes y/o servicios.
Si el Gobierno Regional Lima contrató al proveedor
Brignole para que le brinde “apoyo
logístico”, se entiende que este apoyo logístico consistió en SERVICIOS, porque el proveedor emitió RECIBO POR HONORARIOS, que es el
comprobante de pago cuya emisión se limita a la prestación de servicios
(también por ejecución de obras y consultor de obras, pero que no es el caso de
Brignole).
En cambio, Factura o Boleta de Venta se puede emitir por
cualquier concepto (obligado si se trata de bienes), dependiendo de su
actividad económica autorizada por la SUNAT.
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