jueves, 24 de mayo de 2018

CON LEY Nº 30773 MODIFICAN EL ARTÍCULO 44 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES


PERCY ALCALÁ MATEO
GESTOR DE MODIFICATORIA DEL ART. 44 DE LOM



Ya no es obligatorio publicar las Ordenanzas y Decretos de Alcaldía en el diario oficial “El Peruano”

El artículo 44,  inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades,  señalaba que las Ordenanzas, los Decretos de Alcaldía y los Acuerdos sobre remuneración del alcalde y dietas de los regidores deben ser publicados en el Diario Oficial El Peruano,  en el caso de las municipalidades distritales y provinciales del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.

Esta disposición obligaba a las Municipalidades provinciales de Huaura, Barranca, Huaral, Cañete, Cajatambo, Oyón, Canta, Yauyos y Huarochirí y sus respectivos distritos.

Mediante la Ley 30773, impulsada por el Congresista Percy Alcalá Mateo, se ha modificado este artículo y solamente es obligatoria la publicación  de estas normas municipales para  todas las municipalidades de la provincia de Lima (entiéndase Lima Metropolitana)  y de la Provincia Constitucional del Callao.

Se ha modificado solamente el artículo1) que obligaba a las Municipalidades de las provincias de Lima, a pagar las altas tarifas que cobra el diario oficial “El Peruano”.

Quedan vigentes los siguientes artículos:
2. En el diario encargado de las publicaciones judiciales de cada jurisdicción en el caso de las municipalidades distritales y provinciales de las ciudades que cuenten con tales publicaciones, o en otro medio que asegure de manera indubitable su publicidad.

 3. En los carteles municipales impresos fijados en lugares visibles y en locales municipales, de los que dará fe la autoridad judicial respectiva, en los demás casos.

 4. En los portales electrónicos, en los lugares en que existan.

 Las normas municipales rigen a partir del día siguiente de su publicación, salvo que la propia norma postergue su vigencia.

No surten efecto las normas de gobierno municipal que no hayan cumplido con el requisito de la publicación o difusión.

Se ha dado el primer paso, pero ahora quedan vigentes las normas judiciales, como los edictos y otros,  que el Poder Judicial obliga a publicar en “El Peruano” o  los llamados diarios judiciales, que cobran tarifas elevadas y que atentan contra la economía de los litigantes.  


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