PERCY ALCALÁ MATEO GESTOR DE MODIFICATORIA DEL ART. 44 DE LOM |
Ya no es obligatorio publicar las
Ordenanzas y Decretos de Alcaldía en el diario oficial “El Peruano”
El artículo 44, inciso 1) de la Ley Orgánica de
Municipalidades, señalaba que las
Ordenanzas, los Decretos de Alcaldía y los Acuerdos sobre remuneración del alcalde
y dietas de los regidores deben ser publicados en el Diario Oficial El Peruano,
en el caso de las municipalidades
distritales y provinciales del departamento de Lima y la Provincia
Constitucional del Callao.
Esta disposición obligaba a las
Municipalidades provinciales de Huaura, Barranca, Huaral, Cañete, Cajatambo,
Oyón, Canta, Yauyos y Huarochirí y sus respectivos distritos.
Mediante la Ley 30773, impulsada
por el Congresista Percy Alcalá Mateo, se ha modificado este artículo y
solamente es obligatoria la publicación de estas normas municipales para todas las municipalidades de la provincia de
Lima (entiéndase Lima Metropolitana) y
de la Provincia Constitucional del Callao.
Se ha modificado solamente el
artículo1) que obligaba a las Municipalidades de las provincias de Lima, a
pagar las altas tarifas que cobra el diario oficial “El Peruano”.
Quedan vigentes los siguientes
artículos:
2. En el diario encargado de las
publicaciones judiciales de cada jurisdicción en el caso de las municipalidades
distritales y provinciales de las ciudades que cuenten con tales publicaciones,
o en otro medio que asegure de manera indubitable su publicidad.
3. En los carteles municipales impresos
fijados en lugares visibles y en locales municipales, de los que dará fe la
autoridad judicial respectiva, en los demás casos.
4. En los portales electrónicos, en los
lugares en que existan.
Las normas municipales rigen a partir del día
siguiente de su publicación, salvo que la propia norma postergue su vigencia.
No surten efecto las normas de
gobierno municipal que no hayan cumplido con el requisito de la publicación o
difusión.
Se ha dado el primer paso, pero
ahora quedan vigentes las normas judiciales, como los edictos y otros, que el Poder Judicial obliga a publicar en “El
Peruano” o los llamados diarios
judiciales, que cobran tarifas elevadas y que atentan contra la economía de los
litigantes.
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