CONSEJERO CASAS INSPECCIONA OBRA CUESTIONADA (foto: Huaral.pe) |
* Empresas ganadoras de licitaciones en la época de
Javier Alvarado solicitan ampliaciones de plazo
para culminar obras.
* Obra millonaria
del Malecón de Chancay, merece la atención del
Consejero Regional Luis Casas,
porque parece que al Alcalde Chancay no le interesa el estado de esta obra.
* Igual sucede
con la obra del segundo nivel del Hospital de Chancay
A pesar de la negativa del actual Gobernador
Regional, Nelson Chui Mejía de investigar a su antecesor Javier Alvarado
Gonzales del Valle, sin embargo poco a poco van saliendo a la luz la serie de
hechos anómalos que se habrían dado en estos cuatro años de desastrosa gestión
de quien ahora quiere ser candidato a la Presidencia de la República.
Y no solamente
Huacho, habría sido víctima de la actitud negativa de este personaje. Viene
saliendo a la luz lo realizado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral.
El 27 de agosto del
2015, Javier Alvarado Gonzales del Valle
que ya había oficializado la candidatura del Alcalde de Chancay, Juan
Álvarez Andrade, en las filas de “Patria
Joven”, ordena a sus funcionarios del Gobierno Regional Lima, que se ejecute la
obra “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS EN LA PLAYA PUERTO CHANCAY,
DISTRITO DE CHANCAY – HUARAL –LIMA” .
Para el efecto se
destina una jugosa partida para esta obra, ascendente a S/7´695,913.43 (Siete
Millones Seiscientos Noventa y cinco mil novecientos trece y 43/100 nuevos
soles).
Es decir, un monto muy
superior a la obra del Malecón Roca,
ejecutado por Miguel Ángel Mufarech en
Huacho. Lo que se espera es que al final, ésta cuestionada obra, supere a lo que hizo don Mufa en Huacho.
Para la ejecución
de esta obra se hace acreedor el CONSORCIO CHANCAY, celebrándose el contrato Nº
094-2014-GRL, con un plazo de ejecución contractual de 210 días calendario
(doscientos diez días). Es decir siete
meses, venciendo el plazo, el 27 de
marzo del 2015.
El 01 de abril del
2015, el representante legal del Consorcio Chancay con Carta Nº 026-2015-CCH, solicita la
Ampliación de Plazo Nº 02, para la ejecución de la obra por un plazo de 71 días
calendario, por la causal señalada en el numeral 1) del artículo 200º del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Justificaba el
pedido por la “interferencia causada por la existencia de buzones y tuberías
de lo cual refiere que hace imposible
la terminación de la obra en la fecha prevista, afectando y modificando la ruta
crítica de la programación de ejecución al momento de la solicitud”.
Sin embargo, el
supervisor de la obra, con carta Nº 47-2015-CN-S/JMCQ de fecha 07 de abril del
2015, refiere que al NO cumplir el CONSORCIO CHANCAY con todas las formalidades
que exige el Reglamento de la Ley de Contrataciones
del Estado, emite pronunciamiento indicando que NO se debe otorgar la ampliación del plazo
solicitado.
Por su parte el
Coordinador de Obras de la provincia de Huaral, con informe Nº
013-2015-GRL-GRI- OO-EIP, con fecha 13 de abril del 2015, señala que NO es
necesaria la ampliación del plazo solicitado por el Consorcio Chancay de 71
días calendario, por no tener sustento técnico.
Con Memorándum Nº 0800-2015-GRL/GRI de fecha 14 de abril del
2015, el Gerente Regional de Infraestructura, concluye y comparte la opinión
vertida en los informes técnicos respectivos, señalando que se debe declarar
improcedente la solicitud de ampliación de plazo Nº 02, solicitada por el
representante legal del Consorcio Chancay.
El numeral 41.6 del
artículo 41º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto
Legislativo Nº 1017, modificado por la Ley 29873, establece que el contratista
puede solicitar la ampliación del plazo pactado por atrasos y paralizaciones
ajenas a su voluntad, debidamente comprobados y que modifiquen
el cronograma contractual.
TODAS LA ÁREAS
RECHAZAN PEDIDO DE AMPLIACIÓN DEL PLAZO. PERO LA INTERROGANTE ES, ¿CUESTA
REALMENTE LOS MÁS SIETE MILLONES, ESA OBRA?
De acuerdo al
análisis efectuado por el Supervisor de Obras, así como por el Coordinador de
Obras de la provincia de Huaral y la opinión de la Oficina de Obras,
corroborado por la Gerencia Regional de Infraestructura y lo señalado en la Ley
de Contrataciones del Estado y su Reglamento, la solicitud de ampliación ha
sido evaluada por las áreas técnica correspondientes, quienes consideran que se
debe declarar improcedente el
pedido efectuado, pues no cuenta con el sustento técnico respectivo.
La actual gestión
de Nelson Chui Mejía se ha hecho cargo de las obras dejadas sin terminar por la
gestión anterior de Javier Alvarado Gonzales del Valle.
El caso de la obra
“Mejoramiento de los Servicios Turísticos en la Playa Puerto de Chancay,
distrito de Chancay – Huaral- Lima”, merece la atención del pleno del Consejo
Regional Lima, pues se necesita una investigación a profundidad para que
especialistas en la materia determinen el costo real de esta obra, cuya fecha
de vencimiento ha sido sobrepasada ya en casi dos meses.
CONTRATO
FIRMADO POR PRÓSPERO ADALBERTO SENOSAIN CALERO EN EL OJO DE LA TORMENTA
Próspero Senosain Calero,
Subgerente Regional de Administración, fue el funcionario que firmó el contrato
con el Consorcio Chancay, luego que el Comité Especial otorgara la buena pro
del proceso de licitación pública Nº 006-2014-GRL/CE, bajo el sistema de suma
alzada.
OBRA
DEL SEGUNDO NIVEL DEL HOSPITAL DE CHANCAY FUE FIRMADO PARA SER EJECUTADO EN 60
DÍAS
YA VAN 180 DÍAS Y NADA DE NADA
*
Buena pro fue otorgada a 58 días antes de irse Javier Alvarado Gonzales
del Valle
* Monto
de la obra es de S/668,593.35
El 03 de
noviembre del 2014, estando ya de salida la gestión de Javier Alvarado Gonzales
del Valle, firman el contrato Nº 007-2014-UL-H-CH-SBS con la Constructora La
Esmeralda EIRL, para la ejecución de la obra: “Implementación de la Capacidad
Resolutiva del pabellón Gineco Obstetricia Segundo Nivel del Hospital de Chancay
– Saldo de Obra”, en base al otorgamiento de la Buena Pro en el Proceso de
Selección: DS Nº 007-2014-H-CH-SBS-CLASICO, bajo la modalidad de Proceso
Clásico, estableciendo un plazo para ejecución de obra de 60 días calendario.
De acuerdo a lo señalado en la Resolución Directoral
Nº 175-DIRESA-L-H-CH-SBS-DE se menciona que con fecha 31 de diciembre del 2014,
se aprobó el adicional, deductivo y
ampliación de plazo por 20 días calendarios de acuerdo a las recomendaciones
emitidas por el supervisor de la obra, mediante el informe Nº 008-A-2014/MLLO
de fecha 31 de diciembre del 2014.
Pero esa no fue la única ampliación de plazo
solicitada por esta empresa, ya que el 13 de febrero del 2015, se aprueba la
Segunda Ampliación del plazo por 25 días y la renuncia de parte de la
contratista al cobro de mayores gastos generales por la ampliación de plazo
aprobada.
Esta ampliación tuvo la aprobación del supervisor de
la obra con informe 015-2015 de fecha 09 de febrero del 2015.
Y las ampliaciones de plazos siguieron dándose con la
actual gestión de Nelson Chui y el director del Hospital de Chancay a cargo del
hijo de su ex Consejera Regional de Huaral, Nelly Tang.
En efecto, con RD Nº 119-2015 de fecha 19 de marzo del
2015, se aprueba la ampliación de plazo Nº 03, otorgándose 10 días calendarios
a favor de la contratista, venciendo el plazo de ejecución de obra el 29 de
marzo del 2015.
Pero no todo queda allí, porque se aprueba la
ampliación de Plazo Nº 04 por 15 días calendario, “por modificaciones
contractuales y por errores y omisiones en el Expediente Técnico”. El plazo
vence el 13 de abril del 2015.
Sin embargo, el 20 de abril del 2015, se deniega la
ampliación de plazo Nº 05 por las recomendaciones emitidas por la propia
supervisora de la obra y también la ampliación de plazo Nº 06.
La contratista no ha efectuado la comunicación o
solicitud de la recepción de la obra
materia de contrato, no habiéndose entregado la obra al Hospital, por lo
que la supervisora de la obra comunica el incumplimiento de la culminación de
la obra, estando ya a 32 días de retraso injustificado, ya que el plazo de
ejecución de obra vencía el 13 de abril del 2015.
Por este motivo, la Dirección del Hospital Chancay y
SBS a cargo del médico Víctor Andrés Virú Tang ha resuelto aplicar la
penalidad por cada día de atraso, hasta
por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente,
correspondiente al contrato Nº
007-2014-UL-H-CH-SBS, para la ejecución de la obra “Implementación de la
capacidad resolutiva del pabellón gineco obstetricia segundo nivel Hospital de
Chancay – Saldo”.
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