NELSON CHUI MEJÍA, SABÍA DEL LIBRO DE LUIS CASTILLO POLO. NO SÓLO DEBE SER CITADO COMO TESTIGO, SINO COMPRENDIDO EN LA DENUNCIA |
* Sus
posibles candidatos, actuales Consejeros Regionales, han sido comprendidos en
denuncia penal contra Luis Castillo Polo
y otros.
EL GERENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO LUIS CASTILLO POLO |
* En ampliación de denuncia penal, se
comprende a Luis Casas Sebastián
(Consejero Regional de Huaral y posible candidato a repetir el plato).
* También están comprendidos los posibles candidatos de Cajatambo y Barranca,
Vicente Sabino Rivera Loarte y Jorge Martín Taboada Samanamud ,
respectivamente.
* Ya están denunciados los posibles candidatos
de Oyón, Canta y Cañete.
* Denunciante solicita a Fiscal Anticorrupción,
la comparecencia de Nelson Chui Mejía
Nelson Chui Mejía, se podría quedar sin candidatos
provinciales, ya que sus voceados representantes que serían los actuales
Consejeros Regionales, han sido comprendidos en la denuncia penal que se ha
entablado al Gerente de Desarrollo Económico, Luis Castillo Polo y otros funcionarios
de la actual gestión de Nelson Chui
Mejía.
El 03 de octubre del
2017, se presentó la denuncia penal
contra Luis Alberto Castillo Polo y otros, por los presuntos delitos de
Peculado Doloso y otros. La denuncia ha sido considerada compleja por el Fiscal
anticorrupción y se ha determinado un plazo de investigación de ocho meses
Con fecha 28 de diciembre del 2017, el denunciante ha
solicitado al Fiscal anticorrupción, se incluya en calidad de investigados, a los Consejeros
Regionales de Barranca, Jorge Martín Taboada Samanamud, de Huaral, Luis Alberto Casas Sebastián y al consejero regional por la provincia de
Cajatambo, Vicente Sabino Rivera Loarte.
A los tres se les responsabiliza por los presuntos delitos contra
la Administración Pública, en la modalidad de Peculado Culposo – Art. 387 del
Código Penal y Omisión, rehusamiento o
demora de los actos funcionales - Artículo 377 del Código Penal.
RESPONSABILIDAD
DE LOS CONSEJEROS REGIONALES
CUATRO DE LOS OCHO CONSEJEROS REGIONALES DENUNCIADOS PENALMENTE |
A pesar que el artículo 16° de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, concatenada con el artículo 16° del Reglamento Interno del Consejo
Regional de Lima, señala como Derechos
y Obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, en su inciso b) Fiscalizar los actos de
los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de
interés general, los denunciados, parece que obviaron adrede sus funciones, ya
que bajo esta norma; los Consejeros
Regionales, están obligados a fiscalizar y denunciar cualquier acto de
irregularidad que haya sido de conocimiento público de los integrantes del
Consejo Regional Lima.
CONSEJEROS
EVADEN SUS RESPONSABILIDADES FISCALIZADORAS IMPIDIENDO APROBACIÓN DEL DICTAMEN DE
LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN
Mediante el DICTAMEN FINAL DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE
FISCALIZACIÓN, CONTROL Y REGLAMENTO, RECAÍDO EN EL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
N° 339-2015-CR/GRL - SOBRE LA
ADQUISICIÓN DE 3000 LIBROS SOLICITADOS POR EL DR. LUIS CASTILLO POLO, GERENTE
REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, suscrito por
los Consejeros Regionales Miguel Angel Mufarech Neny, presidente; Jorge Martín
Taboada Samanamud, Secretario; y Vicente Sabino Rivera Loarte, Miembro; propuso
“RECOMENDAR al Gobernador Regional, Ing. Nelson Chui Mejía, solicite al
Procurador Público Regional Ad Hoc, denuncie por la presunta comisión de Delito
contra la Administración Pública en la modalidad de Negociación Incompatible a
las siguientes personas: i Luis Castillo Polo, Gerente Regional de Desarrollo
Económico del Gobierno Regional; Efraín
la Serna Alfaro, ex Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno
Regional; Fernando P. Campos García, Manuel
A. Aguirre Castillo y Klaus M. Chagua Tucto, miembros del Comité Especial Permanente, encargado de llevar a cabo los procesos de
adquisición AMC-CLÁSICO-96-2015-GRL/CEP-1 y el AMC-CLÁSICO-96-2015-GRL/CEP-2.
La comisión de Fiscalización también recomendaba se denuncie
a Doris Efrany Ramírez García, como cómplice
extraneus, “en virtud de los elementos de juicio aportados en el presente dictamen".
CINCO CONSEJEROS REGIONALES, INICIALMENTE SE
ABSTUVIERON EN LA VOTACIÓN, PROTEGIENDO DE ESA MANERA AL AHORA DENUNCIADO LUIS
CASTILLO POLO
Luego de haberse dado inicialmente una escandalosa abstención
por parte de CINCO Consejeros Regionales, se llevó a una segunda votación el 09 de agosto del 2017, fecha en que se
realizó la sesión ordinaria del Consejo Regional Lima. En el punto cuatro de la
agenda figura el Dictamen de la Comisión de Fiscalización, Control y
Reglamento, recaído en el Acuerdo de Consejo Regional N° 339-2016-CR/GRL, caso:
Edición de Libro del señor Luis Castillo Polo, Gerente Regional de Desarrollo
Económico, el cual quedó pendiente.
El Presidente de la Comisión de Fiscalización, Miguel Ángel Mufarech Nemy, sostuvo que no se
puede dejar un dictamen en abstención, que ha visto el Reglamento Interno del
Consejo (RIC) y no hay abstención. “Lo hemos hecho varias veces, porque hay 5 a
3, 6-1. No pasa nada una abstención, pero cinco abstenciones, deja el dictamen
en el aire”.
Luego del debate, el señor Aníbal Ramón Ruffner, presidente
del Consejo Regional de Lima, somete a votación el Dictamen, siendo el
resultado el siguiente:
VOTOS A FAVOR
: CUATRO (Barranca, Cajatambo, Huaral y Huaura)
VOTOS EN CONTRA
: TRES (Huarochirí, Oyón y Yauyos)
ABSTENCIÓN
: UNO (Cañete)
SIN VOTAR : UNO (Canta)
El tema quedó nuevamente pendiente, pues para la aprobación
del Acuerdo se necesita CINCO votos.
En aquella oportunidad, los Consejero Regional por las provincias de Barranca (Jorge
Martín Taboada Samanamud), por Huaral,
Luis Alberto Casas Sebastián y por la provincia de Cajatambo, Vicente Sabino
Rivera Loarte, VOTARON A FAVOR DEL
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN.
SOLITARIO
CONSEJERO REGIONAL POR HUAURA, MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY SIGUIÓ INSISTIENDO EN LA
APROBACIÓN DEL DICTAMEN FINAL DE LA
COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN
No habiéndose materializado un acuerdo en la sesión de
Consejo Regional del 09 de agosto del 2017, el Consejero Regional por la
provincia de Huaura, Miguel Angel Mufarech Nemy presentó la Carta N°
246-2017-MAMN-CRPH-CR-GRL, solicitando que en la Sesión Extraordinaria del mes de setiembre,
se vuelva a someter a votación el Dictamen Final recaído en el Acuerdo de
Consejo Regional N° 339-2016-CR/GRL, Caso: Edición de Libros del Sr. Luis
Castillo Polo, Gerente Regional de Desarrollo Económico.
Entonces, primero se tenía que votar el pedido del Consejero
Regional Miguel Ángel Mufarech Nemy, sobre su Carta N°
246-2017-MAMN-CRPH-CR-GRL, para ver si
se aprueba someter de nuevo a votación el Dictamen Final de la Comisión de
Fiscalización.
En la sesión de Consejo Regional del 27 de setiembre del 2017,
La cosa fue de mal a peor.
Sometida a votación el pedido del Consejero Regional de
Huaura, Miguel Ángel Mufarech Nemy, para que el Dictamen Final de la Comisión
de Fiscalización se vuelva a votar, el resultado fue el siguiente:
A FAVOR CERO
VOTOS
EN CONTRA CUATRO
VOTOS (Cañete, Huarochirí, Oyón y Yauyos)
ABSTENCIONES TRES (Barranca, Cajatambo y Huaral)
NO VOTÓ UNO (Canta)
NO ASISTIÓ POR LICENCIA
UNO (Huaura)
El consejero Regional por la provincia de Cañete, VLADIMIR
ALEXANDER ROJAS HINOSTROZA, ya sometido a investigación preliminar por haberse
abstenido a votar en la sesión de Consejo Regional del 09 de agosto, tuvo el
atrevimiento de votar en contra de que se vuelva a tocar el tema. Es decir, se opuso a que el Dictamen Final de la
Comisión de Fiscalización vuelva a ser sometida a votación.
Los Consejeros Regionales por las provincias de Barranca (Jorge Martín
Taboada Samanamud), por Huaral, Luis
Alberto Casas Sebastián y el Consejero por la provincia de Cajatambo, Vicente
Sabino Rivera Loarte, que en la sesión de Consejo Regional del 09 de agosto del
2017, VOTARON
A FAVOR DEL DICTAMEN FINAL de la Comisión de Fiscalización, esta vez se ABSTUVIERON DE VOTAR, faltando a sus deberes de emitir un voto
válido para que no se alcance los cinco votos necesarios para que haya acuerdo.
Como agravante cabe resaltar que los Consejeros Regionales
Jorge Martín Taboada Samanamud, de Barranca y Vicente Sabino Rivera Loarte, de Cajatambo,
fueron miembros de la Comisión de Fiscalización, Control y Reglamento, que
emitió por unanimidad el Dictamen Final.
Esto quiere decir, que estos Consejeros Regionales, se
trajeron abajo su propio informe de fiscalización.
EN
CONCLUSIÓN, CONSEJEROS REGIONALES IMPIDIERON QUE EL CONSEJO REGIONAL TOME UN
ACUERDO PARA QUE SE SOLICITE AL
PROCURADOR PÚBLICO DEL GORELI, DENUNCIAR
PENALMENTE A CASTILLO POLO Y OTROS
De esta forma, los consejeros regionales de Cañete,
Huarochirí, Oyón y Yauyos, que votaron en contra para que el Dictamen de la
Comisión de Fiscalización no se vuelva a votar, así como los Consejeros Regionales
de Barranca Cajatambo y Huaral, que se abstuvieron y el Consejero Regional de
Canta que no quiso votar, impidieron que el Consejo Regional tome el acuerdo de
aprobar el Dictamen de la Comisión de Fiscalización, Control y Reglamento,
impidiendo así que el Procurador Regional formule denuncia penal contra los
presuntos responsables del delito de negociación incompatible e impidiendo que se inicien los procedimientos
administrativos sancionadores contra los presuntos responsables.
DENUNCIADOS HABRÍAN MAQUINADO UN
PROCESO DE SELECCIÓN PARA APARENTAR LA IMPRESIÓN DE LOS LIBROS QUE YA ESTABAN
IMPRESOS, CON LA FINALIDAD DE APROPIARSE DEL DINERO DEL GOBIERNO REGIONAL DE
LIMA
Sostiene el denunciante en su ampliación de denuncia, que conforme
a lo señalado en los puntos 29 y 30 de los fundamentos de hecho, el 08 de abril
del 2016, el Ingeniero Efraín La Serna Alfaro, en su condición de Gerente Regional
de Desarrollo Económico (encargado), firma el Acta de Aprobación de la Muestra
de la adquisición de libros para la difusión del desarrollo turístico de la
región Lima – Provincias… y en un tronar de dedos, en solamente dos días, el 10 de abril del 2016, la proveedora, mediante
Guía de Remisión N° 001- 000068, “envía” los 3,000 libros.
Es IMPOSIBLE que en solamente dos días pueda cumplirse con
todo el proceso de impresión de 3000 libros, con las especiales características
descritas en el Memorándum N° 2658-2015-GRL/GRDE, de fecha 11 de diciembre del
2015.
La hipótesis del denunciante, es que antes de la aparente
impresión de los 3000 libros, éstos en realidad ya estaban impresos. El
denunciado Luis Castillo Polo describió las características de sus libros ya
impresos para llevar a cabo formalidades como el proceso de selección, para
sacar dinero del Gobierno Regional de Lima por libros que ya habían sido
impresos con otra fuente de financiamiento y por otra imprenta.
Sostiene el denunciante que la proveedora DORIS EFRANY RAMÍREZ GARCÍA en
realidad no habría impreso tales libros, por lo menos no luego del proceso de
selección, pues los libros ya estaban impresos con anterioridad.
El proceso de selección no fue para competir el libro de un
autor contra el libro de otro autor, porque peor el señor Luis Castillo Polo
tampoco hubiera podido participar como postor en la adquisición de tales
bienes.
El proceso de selección, que si mal fue para la adquisición
de bienes, en realidad lo que se ejecutó fue la adquisición de servicios, para
la impresión de los libros según las características descritas en el Memorándum
N° 2658-2015-GRL/GRDE de fecha 11 de diciembre del 2015.
Es por ello que el denunciante está requiriendo que la proveedora denunciada, entregue los comprobantes de pago por la adquisición de
los materiales e insumos que fueron utilizados en la impresión de los libros,
para verificar las fechas que encajen con la fecha de impresión de los libros,
comparar los precios de los insumos a esa fecha y determinar las cantidades de los insumos
adquiridos que hayan sido suficientes para la impresión de 3,000 libros, así
como el pago del personal empleado en la elaboración de los tres mil libros en
la velocidad de solamente dos días.
Complementariamente a lo ya señalado, resulta extraño que
S/. 25,000.00 figure como costo de los 3000 libros con las características
señaladas en el Memorándum N° 2658-2015-GRL/GRDE de fecha 11 de diciembre del
2015, cuyo fino ejemplar se encuentra en la carpeta fiscal, lo que nos indica
que cada libro habría costado solamente S/. 8.33 incluido deducciones,
impuestos, traslados y utilidades de la proveedora.
“Esto demostraría que la proveedora DORIS EFRANY RAMÍREZ
GARCÍA en realidad no habría impreso tales libros y que el denunciado Luis Castillo Polo se propuso
beneficiarse con los S/. 25,000.00, por libros ya impresos, sin importar que en
el proceso de selección que maquinaron, la cantidad de los libros y su costo
real no cuadrarían con dicho costo total”, sostiene el denunciante.
Por ello se hace necesario también requerir a la denunciada
proveedora presentar la estructura de costos de la impresión de los libros,
para demostrar cómo así los 3,000 ejemplares de las características señaladas
en el Memorándum N° 2658-2015-GRL/GRDE, de fecha 11 de diciembre del 2015, pudo
haber costado solamente S/. 25,000 nuevos soles.
Dado que no existe cargo de distribución ni acta de
existencia en almacén que sumen los 3000 libros, es posible también que el denunciado Luis
Castillo Polo haya tenido impreso menos cantidad de libros y que en los
documentos hayan hecho figurar la cantidad de 3000 libros.
Por lo tanto, debe requerirse los cargos de distribución de
los libros y la constatación de la cantidad de libros que quedan en el almacén
del GRL a fin de demostrar que efectivamente ingresaron los 3000 libros al
Gobierno Regional de Lima.
Sostiene también el denunciante, que puede colegirse que Luis Castillo Polo se habría beneficiado promocionándose
como autor de un libro, con el logo del Gobierno Regional de Lima, como parte
de su actividad política habiendo sido candidato al Congreso de la República,
en las elecciones generales del 10 de
abril del 2016, por el Partido Peruanos por el Kambio, con el número 2, por el
distrito electoral Lima Provincias, donde en la campaña electoral habría
distribuido los libros, para luego cobrárselo al GRL maquinando un proceso de
selección.
Los libros, cuyo aparente proceso total de producción se llevó
a cabo con la mágica velocidad de dos días, fueron presentados recién el 16 de
junio del 2016, en el local de la Cámara de Comercio y Producción de la
Provincia de Huaura, dos meses y seis
días después de supuestamente haber sido entregados al Gobierno Regional de
Lima. Se supone que recién a partir de esa fecha se distribuirían los
libros, pero al parecer, los libros ya
se habían esfumado antes de las elecciones de primera vuelta.
CHUI
MEJÍA DEBERÁ SER CITADO
En la ampliación de su denuncia el ciudadano denunciante de
este presunto hecho de corrupción, está solicitando al Fiscal anticorrupción
que se cite a Nelson Chui Mejía, Gobernador Regional, dado que estuvo presente
en la ceremonia de presentación del libro y por tanto, conocía perfectamente
que su funcionario de confianza, el Gerente Regional de Desarrollo Económico
Luis Castillo Polo, era el autor del
libro y que en la aparente impresión de dicho libro se gastó dinero del
Gobierno Regional de Lima, en evidente conflicto de intereses.
Veamos que hace el Fiscal Anticorrupción con esta grave
denuncia