viernes, 31 de mayo de 2013

31 DE MAYO DE 1970 – 31 DE MAYO 2013: 43 AÑOS DESPUÉS

TODO QUEDÓ DESTROZADO EN EL CALLEJÓN DE HUAYLAS (foto Caretas.com.pe)



Aquel 31 de mayo de 1970, cambió el sistema social en el Perú, especialmente en los departamentos de Lima y Ancash.
El Callejón de Huaylas, fue el epicentro de una de las catástrofes más grandes que haya sufrido nuestra Patria. Más de 70 mil muertos fue el estimado de esa tragedia. Pueblos enteros desaparecieron a consecuencia del violento sismo que azotó al departamento de Ancash, especialmente Yungay, que fue “barrido” por la avalancha de hielo y lodo.
Los sobrevivientes quedaron sin nada, sin casa, sin alimentos, sin agua. Muchos comenzaron el éxodo el mismo día, pasando por encima de cadáveres, agua, lodo y rocas.
Todos caminaban sin rumbo. Familias enteras desaparecieron bajo el lodo o simplemente quedaron inertes, al aire libre.
Muchos tuvieron que caminar cientos de kilómetros para recibir ayuda. Otros continuaron su marcha hasta llegar a la costa.
Las provincias de Barranca y Chancay (hoy Huaura), recibieron a cientos de inmigrantes que prefirieron quedarse por estos lares antes de volver al lugar donde perdieron todo.
Fue un año trágico que marcó a nuestros hermanos ancashinos y también a los habitantes del departamento de Lima, especialmente de la provincia de Chancay.
Cuatro años atrás, Huacho había sido el epicentro de un fuerte terremoto que produjo muerte y desolación. El poblado de Huaura había sucumbido ante la fuerza telúrica. Habían pasado cuatro años pero la población no olvidaba aquel nefasto día de octubre de 1966, cuando en horas de la tarde se produjo el terromoto que se trajo abajo a nuestra hermosa Catedral y al Palacio Municipal.
Aquel 31 de mayo de Mayo de 1970, habíamos acabado de observar el partido entre las selecciones de México y la URSS (hoy Rusia), dando inicio al Campeonato Mundial de México 70.
La selección peruana había clasificado al mundial dejando eliminada a la poderosa selección de Argentina en aquella memorable tarde en la Bombonera, donde Cachito Ramírez anotó dos golazos.
Fue un 0-0 el resultado entre México y URSS. Eran aproximadamente las 3.30 de la tarde, cuando la tierra comenzó a temblar por un espacio de unos 60 segundos.
En ese tiempo no había directo en directo con RPP. Tampoco existía el internet y los muchachos quinceañeros no tenían facebook.
Solamente nos informábamos por radio y y la TV en blanco y negro. Los domingos no había programas noticioso como ahora, así que tuvimos que esperar al día siguiente lunes para enterarnos a donde había sido el epicentro del terremoto.
Juan Ramírez Lazo de Radio Victoria iniciaba su programa a las 6.00 de la mañana. A esa hora estábamos a la expectativa para enterarnos del movimiento sísmico.
Ramírez Lazo, se había enlazado con un radio aficionado huaracino que comenzó a describir toda la tragedia. Los radio aficionados eran la única alternativa para comunicarnos con el interior del país, pues en esa época la Compañía Peruana de Teléfonos (CPT),  estaba en la era de la carreta y eran muy pocos los priviligiados que contaban con teléfono.
Recién ese lunes pudimos conocer la magnitud de la tragedia.
El día martes 2 de junio,  la selección peruana debutaba en el mundial de México 70. Tanto se había esperado para llegar a un mundial, para tener que  ver a nuestra selección en medio de la más grande congoja y tristeza.


Perú se enfrentó en Guanajuato a la selección de Bulgaria. Los jugadores peruanos salieron al campo de juego con crespones negros en memoria de los miles de fallecidos.
Los primeros minutos fueron trágicos. Bulgaria nos adelantó 2-0. Parecía que el dolor pasaba la factura a esos “leones de México 70”, pero salió la garra peruana.
Didí en el camerino les habló con esa paciencia de Job, característico en el brasileño y los muchachos salieron hechos una furia. A los 6 minutos, Alberto “jet” Gallardo con un potente zurdazo descontaba el marcador. Cinco minutos después el gran capìtán Héctor Chumpitaz, colocaba el empate y a los 28 minutos de esta etapa complementaria, los bravos muchachos de México 70, nos devolvían la alegría, cuando aparece el gran Nene Cubillas, anotando un tremendo golazo con el que volteamos el partido a los búlgaros.
Nuestra Tv en blaco y negro reventaba con la maravillosa transmisión de Humberto Martínez Morosini y los comentarios de Eduardo San Román (la catedral del fútbol).
Hoy después de 43 años, recordamos este día doloroso, que tuvo su recompensa con lo que hicieron los integrantes de la selección peruana que fueron a México 70 y que vivirán siempre en nuestro recuerdo, porque hasta el momento son insuperables.  

martes, 28 de mayo de 2013

EN EL SECTOR EDUCACIÓN SE CONJUGA FÁCILMENTE EL VERBO ROBAR


Denuncias de corrupción afloran todos los días, pero gestión regional no tiene moral para combatirla

DANIEL CÓRDOVA, EL ASESOR LEGAL DE LOS 56 MIL

JAVIER ALVARADO, EL IMPUTADO, LE ESPERAN 11 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD

LUIS RUIDIAS. LO ÚNICO QUE SABE ES SOBONEAR A SU JEFE ALVARADO

Las denuncias de corrupción se dan todos los días en el sector educación, en la jurisdicción  del Gobierno Regional Lima, pero quien tiene que combatirla, el Presidente del Gobierno Regional Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, no tiene la moral suficiente para combatirla, pues se encuentra a la espera de su sentencia y posible encarcelamiento por el hecho delictivo sucedido en Lunahuaná, cuando este personaje fue Alcalde distrital.
A nivel de la Dirección Regional de Educación Lima Provincias, no hay ni si quiera intenciones de acabar con esta lacra, pues quien domina esta importante repartición descentralizada del sector educación,  es el inefable Daniel  Córdova Paucar,  Asesor Legal y denunciado ante el cuestionado e improductivo  Ministerio Público de Huaura por cobrar ilegalmente  doble remuneración al Estado,  tanto a su entidad la DRELL, como en el Gobierno Regional Lima a través de las planillas del PNUD.
Es mediante esta modalidad del PNUD, que llega a cobrar la suma de S/56,000.00 nuevos soles, siendo descubierto por el Ministerio de Economía y Finanzas, quien lo obligó a devolver el dinero ilegalmente cobrado.
Desde el mes de marzo del 2012, la denuncia se encuentra en las manos del Fiscal Provincial Penal, Yuri Iván García Cano, uno de los fiscales engreídos de Salazar Huapaya.
Sin embargo a pesar del monto cobrado ilegalmente, que linda con actos de corrupción, el Fiscal sigue protegiendo a este mal funcionario y alarga descaradamente el proceso, pues hasta la fecha no hace la acusación correspondiente ante el Poder Judicial, para enviar al penal de Carquín a este funcionario, tal y conforme lo han hecho otros fiscales por actos delictivos de menor cuantía.

DENUNCIA DUERME EL SUEÑO DE LOS JUSTOS DESDE MARZO DEL 2012

Hace un año que el Ministerio Público de Huaura tiene en sus manos la denuncia contra Daniel Córdova Paucar y lo único que ha hecho es promover las diligencias preliminares contra Daniel Elías Córdova Paucar,  “por la presunta comisión de los delitos contra la Administración Pública en las modalidades de Omisión, Rehusamiento o demora de actos funcionales, Enriquecimiento Ilícito  y Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo, en agravio del Estado”.

JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE, SABE DE ESTE ACTO DE CORRUPCIÓN PERO PROTEGE A SU AMIGO

El 19 de marzo del 2012, el CPC. César Valdivieso, Jefe del Órgano de Control Institucional,  se dirige al Presidente del Gobierno Regional Lima, con Oficio Nº 095-2012-GRL/OCI, adjuntándole copia de los Oficios Nº 0081-2012-GRL/DREL-OCI y 072-2012-GRL/DREL-OCI, que le fueron enviados por la Jefe de la OCI de la Dirección Regional de Educación Lima Provincias, en donde “se advierte la existencia de doble percepción de ingresos por parte del señor Dante Elías Córdova Paucar , quien viene desempeñando el cargo de Director de Asesoría Jurídica en la referida entidad, desde el mes de marzo 2011 a la fecha”
Señala el oficio de la OCI del GORELI, dirigido a Javier Alvarado, que “Es preciso indicar que el mencionado profesional Daniel Elías Córdova Paucar, TAMBIÉN  percibió ingresos como Asesor FAG-PNUD, en el Gobierno Regional de Lima, desde el 01 de junio del 2011, hasta el 31 de diciembre del 2011, dando lugar a la GENERACIÓN DE UN PERJUICIO ECONÓMICO PARA EL ESTADO”, por el monto cobrado en forma indebida”
“En este contexto, es menester que su despacho disponga las acciones pertinentes para el recupero de los fondos pagados en forma indebida, sin perjuicio de las acciones posteriores que podría ejercer el ente rector del Sistema Nacional de Control”.
Si bien es cierto que el denunciado Asesor Legal de la DRELL ha reconocido el hecho y devuelto la mitad de lo cobrado ilegalmente, esto no lo exime de la denuncia penal, que inexplicablemente duerme el sueño de los justos en el despacho del Fiscal Yuri García Cano.

TODOS ROBAN. EN UGEL 09 DE RUIDIAZ VALDIVIESO ROBAN EN FORMA SISTEMÁTICA


Fraguando informes y resoluciones a docentes y trabajadores fantasmas, se ha venido produciendo un robo sistemático en la UGEL 09 de Huacho, el mismo que se habría generado desde el área de planillas.
Se ha determinado que los  montos  eran depositados, previo requerimiento, en cuentas bancarias creadas especialmente  para cometer estos ilícitos, como la que se encuentra a nombre de un tal Pantoja.en donde se habría depositado la suma de S/6,933.00 nuevos soles.
Este hecho escandaloso que se da en el sector educación habría afectado las arcas de la UGEL 09 en un monto que estaría bordeando los 100 mil nuevos soles y en la que estarían comprometidos los trabajadores Carlos Kanematzu Taboada,  Díaz Carrillo, Javier Minaya Yanac y Jubert Soto Apolinario.
Como todo salía a pedir de boca el 30 de abril del 2013, se hizo otro depósito a la cuenta de Pantoja por el monto de S/6,000.00 nuevos soles.
Si desde la cabeza, la corrupción emana, que no les queda a los peces chicos de hacer lo que sus superiores ejecutan.
Javier Alvarado Gonzales del Valle, con una denuncia fiscal de 11 de pena privativa de libertad, no tiene la moral suficiente para combatir los actos de corrupción que se dan en el sector educación.
¿Y qué puede hacer el Asesor Legal de la DRELL, si está en las mismas condiciones?





lunes, 27 de mayo de 2013

¿CUÁL DE LOS ACUERDOS DE CONSEJO REGIONAL 062-2013, VALE?




*  En el primer Acuerdo Regional 062-2013-CR/GR, se aprobó que el mencionado Acuerdo, tenía que publicarse en un diario de mayor circulación regional y en el Portal del Gobierno Regional Lima.
*  El segundo documento colgado en internet,  ya se  señala que el Acuerdo tiene que publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”, tal como establecen las normas vigentes. 
El primer Acuerdo Regional 062-2013, contenía cuatro páginas. El segundo  ya contaba con cinco páginas.
El Acuerdo de Consejo Regional 062-2013, recién fue publicado en el diario “El Peruano”, el 19 de mayo del 2013, es decir el mismo día de la partida a Europa.
CUESTIONADO CONSEJO REGIONAL LIMA. TENDRÁ QUE ACLARAR CUAL DE LOS  ACUERDOS 062-2013 VALE

Un tremendo escándalo que conllevaría  a una denuncia penal contra los infractores, han cometido los integrantes del Consejo Regional Lima.
Para concretizar su viaje a España y Portugal, primero aprobaron un Acuerdo Regional que lleva el número 062-2013, en el que solamente figuraba que el mencionado documento tenía que publicarse en un diario de circulación regional y en el Portal web del Gobierno Regional Lima.
 Luego se enmendaron la plana y sin ninguna fe de erratas, simplemente cambiaron el primer Acuerdo Regional Nº 062-2013 y colocaron otro en el que si especificaban que tenía que publicarse en el Diario Oficial El Peruano.
Se tuvo que incluir en el segundo Acuerdo regional que lleva el mismo número, el siguiente texto:
“Considerando que la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013, dispone:
Artículo 10.- medida en materia de bienes y servicios
10.1. Prohíbense los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular  de la entidad:
c) Los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos , los altos funcionarios y autoridades del estado a que se refiere la ley 28212 , Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios, Autoridades del Estado y dicta otras medidas y modificatoria, con excepción de los Ministros de Estado, cuyas autorizaciones se aprueban mediante Resolución Suprema y de los Presidente Regionales, Consejeros  
 Regionales, Alcaldes y Regidores, cuyas autorizaciones se aprueban mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda.
El requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad y en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. Se autoriza mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente.  
En todos los casos, la Resolución o Acuerdo es publicada en el diario Oficial “El Peruano”.
Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica. 
Así de fácil, simplemente suplantando el original, se arregló el asunto y los viajeros se fueron a Europa.
Ahora la gran interrogante es saber, que día viajaron, porque la Ley tiene efectos legales al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”
 
(Oscar R. Guerrero Torres – Opinión Regional)



jueves, 23 de mayo de 2013

¡ QUÉ TAL PRIVILEGIO: TRABAJADORES DEL CONSEJO REGIONAL LIMA UTILIZAN HORA Y MEDIA PARA SU REFRIGERIO. POR ESO ESTÁN EN ÚLTIMO LUGAR

ESTOS CUESTIONADOS CONSEJEROS REGIONALES PERMITEN QUE LOS TRABAJADORES DE ESE CONSEJO,  TENGAN UN HORARIO DE REFRIGERIO PRIVILEGIADO

Los trabajadores del cuestionado Consejo Regional Lima, se dan el lujo de irse a sus casas a almorzar durante un tiempo de hora y media, es decir 90 minutos, dejando en ese horario de 1.00 PM á 2.30 PM. sin atención al público usuario, muchos de los cuales vienen desde lejanos lugares para ser atendidos, pero tienen que esperar este capricho impuesto por el Consejo Regional Lima.
Esto, a pesar que el Decreto Legislativo Nº 800, en su artículo 3º señala que el horario de atención es continuado para brindar sus servicios a todos los asuntos de su competencia, sin fraccionarlo  para atender algunos en determinados días u horas. “NI AFECTAR SU DESARROLLO POR  RAZONES PERSONALES”
Sin embargo los consejeros Regionales que llegan solamente a sesionar para cobrar sus dietas, permiten que se maltrate a los administrados, con un horario especial y arbitrario que tienen sus trabajadores de 80’ minutos, cuando lo real y legal es de solamente 30 minutos.
El laboralista Fernando Gamarra Morales señala al respecto:
“El  artículo 1 del Decreto Ley Nº 18223 (abril de 1970), modificado parcialmente por el Decreto Legislativo Nº 800, indica que los trabajadores de la administración pública aparte
Del tiempo de labor gozan por lo menos de 30 minutos de refrigerio. El Decreto Legislativo Nº 800
establece en su artículo 1: “…Además  de la indicada jornada de trabajo, se considerará el 
tiempo necesario para el refrigerio en el respectivo centro de trabajo ” . Es decir que aparte de la jornada laboral se considera otro tiempo para el refrigerio dentro del centro de trabajo. El horario de refrigerio tiene por finalidad que el trabajador pueda ingerir sus alimentos, por lo que durante su duración se suspende la obligación del trabajador de prestar servicios, por lo que dicho horario no forma parte de la jornada de trabajo. Además el inciso d) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece: “
El pago de remuneraciones sólo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado ,…” y en la hora de refrigerio no se presta servicios al usuario, por lo que dicho tiempo no puede estar incluido en la jornada de trabajo. Como se puede apreciar, NO es la Décima Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 1023, la que fija la jornada de trabajo dentro de la administración pública, sino que es el Decreto Legislativo Nº 800  (7:45 horas),  vigente desde el 04 de enero de 1996, debiendo considerarse además el tiempo necesario para el refrigerio (por lo menos 30 minutos), el cual no se encuentra incluido dentro de la jornada de trabajo”.

miércoles, 15 de mayo de 2013

TU ME PROPONES, QUE YO TE PROPONGO


*  No es la esposa de Ollanta, pero le dicen la Nadine, porque es la que verdaderamente mandaría al interior del Consejo Regional.
*  La diferencia es que la verdadera Nadine no está denunciada por corrupción.
*  La imputada Liliana Torres determinó quienes se van de viaje a Europa

QUE VENTOCILLA, NI VENTOCILLA. ELLA ES LA MEN



Los susurros se dan al interior del Consejo Regional. “Allí viene la Nadine”, se escucha decir y aparece la figura de la imputada Liliana Torres, la cuestionada Consejera Regional de la provincia de Cañete que hace su ingreso a la sesión convocada para tratar un tema “de suma importancia para la región”.
Se había convocado a una sesión extraordinaria del Consejo Regional Lima para tratar un tema “gravitante” para la región. Era el 30 de abril del 2013 y el Consejero Delegado Anselmo Ventocilla pone en el tapete la agenda del día: El oficio Nº 048-2013 de la ONG “Asociación Anna Lindh”, por el cual invita a la “Pasantía de Intercambio Internacional de Experiencias Municipales y Empresariales”, organizado entre Perú, Portugal y España y que se llevará a cabo desde el 20 al 25 de mayo del 2013.
Anselmo Ventocilla se encarga de sustentar la invitación y de inmediato la Consejera de Cañete, la imputada Liliana Torres Castillo, propone que la votación para elegir a los viajeros, se realice en forma individual. El pedido de la jefa es aprobado por mayoría.
Dominando el escenario, la imputada Liliana Torres, propone a Olmer Luis Torres Albornoz, Consejero de la provincia de Oyón, quien es designado como el primer viajero con 06 votos a favor y el voto en contra de la Consejera por Canta Julissa Rivas Berrocal.
En agradecimiento  a tremendo honor, Olmer Torres Albornoz, propone a la imputada Liliana Torres Castillo, siendo aprobada su designación con solamente 04 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones. Quienes se opusieron al viaje de la imputada,  seguramente temen que esta, se quede por Europa.
La Consejera de Canta, Julissa Rivas, propone a la Consejera de Barranca, Betriz Castillo  Ochoa, pero es baloteada por 05 votos en contra y 01 abstención.
Quien es considerada como la que mandaría al interior del Consejo Regional, la imputada Liliana Torres, hace otra propuesta. Esta vez, propone al Consejero por Huaral, Oswaldo Merino Espinal, quien es electo con 06 votos a favor y 01 en contra.

LA REGION LIMA  VA EXTRAÑAR A LOS CUATRO VIAJEROS


¿EN QUÉ CONSISTE ESTA PASANTÍA?

 La  Cámara Municipal  de  Tavira,  (Portugal),   el  Instituto  Andaluz  de  Tecnología,
(España) y  la ONG Anna Lindh  (Perú) organizan del 20 al 25 de mayo del presente, en  la
región Algarve de Portugal y Sevilla de España la “Pasantía de Intercambio Internacional
de Experiencias  Municipales y Empresariales”.

OBJETIVO

  El  objetivo  principal  tiene  la  finalidad  de  que  la  misión  Comercial   peruana
conformada  por  empresas  y  entidades  públicas  que  participen  de  este  magno  evento conozcan modelos exitosos de gestión pública, experiencias de nuevos mercados, así como también  recibir  clases  magistrales  en  universidades  de  prestigio  de  Portugal  y  España, promoviendo al Perú como destino turístico y de negocio.

METODOLOGIA DE TRABAJO
 La  metodología  a  aplicar  será  el  participativo,  el  cual  permitirá  que  tanto  los
organizadores  como  los  participantes  se  involucren  en  el  éxito  de  la  presente  pasantía internacional Perú-Europa.


                         

PIDEN PRISIÓN PREVENTIVA CONTRA ALCALDE DE JESÚS MARÍA Y JAVIER ALVARADO SIGUE LIBRE

ALCALDE DE JESÚS MARÍA ESTÁ DENUNCIADO POR PECULADO DOLOSO AL IGUAL QUE JAVIER ALVARADO


El colectivo vecinal “Defendamos Jesús María” hizo un llamado al titular del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que dicte una orden de prisión preventiva contra el alcalde del distrito, Enrique Ocrospoma, pues temen que fugue del país, tras recibir una autorización de su Concejo para viajar a Portugal a fines de mayo.
 Ricardo Álvarez, miembro de la agrupación civil, señaló que este pedido procede por dos razones: la Segunda Fiscalía Anticorrupción ha encontrado serios indicios de desvío de fondos a través de contrataciones fantasmas y, además, porque se ha pedido seis años de pena privativa de libertad por peculado doloso.
 “El fiscal encontró pruebas que demuestran la comisión de un grave delito y, además, solicitó más de cuatro años de cárcel. Según el nuevo código penal, para que proceda el pedido de prisión preventiva deben cumplirse estos requisitos, y el caso de Ocrospoma es el mejor ejemplo para ejecutarlo”, explicó.
 Asimismo, a nombre del colectivo, Álvarez saludó la labor de las autoridades de justicia en este caso pues, recordó, todos los vecinos que denunciaron los presuntos actos de corrupción de Ocrospoma terminaron con problemas judiciales.
 “Todos aquellos vecinos que hemos denunciado los actos de corrupción en la comuna, en una suerte de amedrentamiento, hemos sido denunciados o querellados por difamación por este señor (Ocrospoma). Él me ha entablado seis juicios: tres querellas y tres demandas por daños y prejuicios; ahora la Fiscalía corroboró que todo lo que dije era verdad”, remarcó el activista de este distrito.

CUESTIONAN VIAJE

Por su parte el regidor de Jesús María, Giancarlo Price, consideró poco probable que el alcalde Enrique Ocrospoma intente fugar del país para evadir responsabilidades, y más aún en momentos en el que debe responder por la acusación fiscal en su contra.
 “Yo no meto las manos al fuego por nadie. Pero, sinceramente, no creo que haga eso, porque la justicia en estos casos te atrapa donde sea”, expresó.
 De otro lado, criticó que Enrique Ocrospoma destine para su viaje a Europa unos 11 mil nuevos soles en pasajes, cuando la Municipalidad presenta escasez de recursos.
 El también concejal, Claudio Zapata, fue más allá y aseveró que el burgomaestre está acostumbrado a estar “por encima de la ley”, por lo que no le extraña que muestre desinterés por lo que digan sobre su viaje para asistir a la “pasantía de intercambio internacional de experiencias municipales y empresariales”, a realizarse entre el 20 y 25 de mayo, en Portugal y España.
 Sin embargo, sostuvo que al aceptar esta invitación de la ONG Anna Lindh, estaría demostrando una gran irresponsabilidad como burgomaestre, especialmente, por la coyuntura legal en la que se encuentra envuelto.

EL DATO
El especialista en temas municipales, Julio César Castiglioni, afirmó que de darse un mandato de detención, el alcalde Enrique Ocrospoma quedaría suspendido de sus funciones.
(Tomado del Diario 16 - Edición miércoles 15 de mayo del 2013)


MIENTRAS TANTO EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LIMA SIGUE LIBRE COMO SI NADA, DEBIDO A  QUE  EL FISCAL CAÑETANO,  FUE MUY CONTEMPLATIVO Y NO HA ORDENADO SU DETENCIÓN, A PESAR QUE HA PEDIDO 11 AÑOS DE CÁRCEL PARA JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE. 

COLUSIÓN Y PECULADO DOLOSO, DELITOS GRAVES COMETIDOS POR JAVIER ALVARADO Y SIGUE LIBRE 



lunes, 13 de mayo de 2013

HABRÍA PELIGRO DE FUGA DEL IMPUTADO JAVIER ALVARADO

JAVIER JESÚS

Ex jugador Roberto Martínez,  por presunto delito que sanciona con cuatro años, tiene orden de detención, mientras que al imputado Alvarado Gonzales del Valle, le han pedido 11 años de cárcel y sólo está con comparecencia simple.

ROBERTO MARTÍNEZ  (foto: RPP.com)
En una estricta medida de  aplicación de la Constitución y la Ley, el  Juez Carlos Nieves Cervantes, del  Noveno Juzgado Penal del Callao abrió investigación y ordenó la detención de Ernesto Augusto Torres Córdova y Roberto Joaquín Martínez Vera Tudela,  por el presunto delito contra la libertad -violación del secreto de las comunicaciones,  en la modalidad de interferencia o escucha telefónica contra funcionarios del Gobierno Regional del Callao, considerando  que existe riesgo de fuga por parte de los denunciados.
De acuerdo al artículo 135 del Código Procesal Penal,  el juez dicta mandato de detención si:
1.- Existen suficientes elementos probatorios de la comisión de un delito que vincule al imputado como autor o participe del mismo.
2.- Que la sanción a imponerse sea superior a los cuatro años de pena privativa de la libertad.
3.- Que existan suficientes elementos probatorios para concluir que el imputado intenta eludir la acción de la justicia o perturbar la acción probatoria
El  juez emite la orden de detención y le toca a la Corte Superior compuesta por tres vocales a revisar esa orden y determinar si es proporcional y racional frente a la imputación y la vinculación de esta persona con los hechos.

IMPUTADO JAVIER ALVARADO CON DENUNCIA DE ONCE AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SIGUE CON COMPARECENCIA SIMPLE

Resulta sorprendente que mientras  el denunciado Roberto Martínez por un delito que solamente le conllevaría una sentencia máxima de cuatro años por su condición de funcionario público, se encuentre con orden de detención y que sin embargo un procesado por haber afectado los recursos de una entidad del Estado, se encuentre solamente con comparecencia simple a pesar que el Fiscal ha pedido la pena de 11 años de cárcel.
Javier Alvarado Gonzales del Valle, una vez que salió de la alcaldía de Lunahuaná se dedicó a viajar por diversos países del mundo, sin que hasta esa fecha se sepa que en la Municipalidad de Lunahuaná había un faltante de tres millones de nuevos soles.

FALTAN LOS VIAJECITOS A CUBA E ISRAEL


Roberto Martínez Vera Tudela, ha salido del país en reiteradas oportunidades, tal como lo ha hecho el imputado Alvarado y ese es uno delos motivos por los que el Juez habría pedido la orden de arrestro de Martínez Vera Tudela.
De igual forma deberían  actuar los magistrados de la Corte de Cañete, a quien la historia les presenta la oportunidad para que se reivindiquen ante la opinión pública, ya que el prófugo Ulises Rodríguez todavía no puede ser capturado y la imputada Liliana Torres, todavía no puede ser sentenciada por la lentitud y lenidad de esa Corte Superior de Cañete.

miércoles, 24 de abril de 2013

JAVIER ALVARADO Y SU MALA COSTUMBRE DE EFECTUAR NOMBRAMIENTOS ILEGALES


*  El imputado nombró en el cargo de Gerente de Desarrollo Social a un “DON” y no a un profesional.

*  El “Jefe Regional de Defensa Civil” es un “Sr.” y no un Ingeniero.

*   Designó ilegalmente a la Ingeniero Civil  Orfelinda Edith Rojas Mendoza como Directora Regional de Transportes y Comunicaciones.

*  Para redondear su faena, Javier Alvarado nombró como Secretario del Consejo Regional a un abogado recién titulado y colegiado, sin reunir los requisitos de Ley.

¿HOLANDA, ESPAÑA, COLOMBIA, ISRAEL,, CUÁL SERÁ SU DESTINO FINAL?
El imputado Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle, que puede pasar a formar parte del contingente que se encuentra recluído en el penal “La cantera” de Cañete, ha sido denunciado una vez más ante el cuestionado Ministerio Público de Huaura, donde las denuncias contra acciones de corrupción son alargadas y hay veces archivadas por los diligentes fiscales que en lugar de combatir la corrupción, la apañan.
Esta vez el ciudadano Róger Taboada ha denunciado al imputado Javier Alvarado, al Gerente general Luis Fernández Estrella, al  Consejero Delegado Anselmo Ventocilla Villarreal y al abogado José Eric García Espinoza, por el presunto delito de Nombramiento Ilegal de cargo público,
El imputado que todavía ejerce el cargo de Presidente del Gobierno Regional Lima, emitió la resolución ejecutiva Regional Nº 146-2013-PRES de fecha 08 de febrero del 2013, en cuyo artículo primero resuelve designar al abogado José Eric García Espinoza  como Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional Lima.
Según la denuncia, este abogado no cuenta con los requisitos señalados en el MOF (Manual de Organización y funciones) del Gobierno Regional Lima, al no contar con capacitación especializada en el área y tampoco acredita que conoce el manejo de entorno de Windows y Microsoft Office y lo que es más grave, NO cuenta con experiencia de dos años en el desempeño en labores similares.

JAVIER ALVARADO ES UN REINCIDENTE

No es la primera vez, que el imputado Javier Alvarado comete esta clase de irregularidad, ya que anteriormente había designado ilegalmente a la Ingeniera Civil Orfelinda Edith Rojas Mendoza  como Directora Regional de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido denunciado ante el primer Despacho de Investigación de la fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura, en el Caso Nº 2012-0985.
Sobre esta denuncia, ya la fiscalía en una acción sorprendente ha emitido la Disposición Nº 5, mediante la cual se dispone declarar que procede formalizar y continuar con la investigación preparatoria  contra Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle, por la presunta comisión del delito de Nombramiento Ilegal de cargo público y contra Orfelinda Edith Rojas Mendoza, por la presunta comisión del delito de aceptación ilegal de cargo público.
Sin embargo a pesar de estar inmerso en una denuncia penal por el mismo accionar, Javier Jesús Alvarado Gonzales del valle, creyéndose un superpoderoso que se pasa por encima de las leyes y los magistrados tal como lo viene haciendo en Cañete, reitera su accionar de efectuar nombramientos ilegales, ya que está demostrado que en el caso del Secretario del Consejo Regional Lima, éste no reúne los requisitos mínimos que el MOF del gobierno regional Lima, así lo dispone.

ACTOS DE ACTUAL SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL SERÍAN ILEGALES

Señala la denuncia que todos los actos en que ha participado como Secretario de Consejo Regional, el abogado José Eric García Espinoza, se conviertan en ilegales, siendo su responsabilidad mayor, porque todos los actos administrativos como la emisión de oficios, cartas, sesiones de Consejo, Acuerdos, firma de actas, etc.

GERENTE GENERAL LUIS FERNÁNDEZ ESTRELLA SERIAMENTE COMPROMETIDO

El Gerente General del Gobierno Regional Lima, Luis Fernández Estrella, estaría seriamente comprometido con esta denuncia, pues sería el autor intelectual de este desaguisado al haber emitido el memorándum Nº 263-2013-GRL/GG de fecha 08 de febrero del 2013, mediante el cual se solicita  que mediante Resolución de Presidencia Regional, se designe  al abogado José Eric García Espinoza, como secretario del
Consejo Regional Lima.
Por tal hecho, Fernández Estrella  ha sido comprendido como cómplice primario por los delitos de Abuso de Autoridad,  por el nombramiento ilegal, ya que no se ha tenido en cuenta el Manuel de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lima, al proponer a una persona que no reúne los requisitos al no contar con una capacitación especializada en el área y lo que es fundamental, no cuenta con experiencia de dos años en el desempeño en labores similares.

EL SECRETARIO ILEGAL

El denunciado García Espinoza, compromete más su situación al haber presentado una constancia de trabajo emitida por el Sub Gerente de Servicios Públicos de la Municipalidad distrital de Hualmay y que mediante oficio Nº 045-2013 GM/MDH/DACHAL de fecha 20 de marzo del 2012, la Gerencia Municipal  de dicha municipalidad ha señalado que se ha dejado sin efecto esa  constancia, con lo que se acredita que no ha laborado en esa dependencia estatal.
José García Espinoza, obtiene su título en la filial de la Universidad San Pedro de Chimbote con fecha 23 de agosto del 2012 y en octubre del 2012, recién es miembro activo del Colegio de Abogados de Huaura, teniendo solamente 04 meses como abogado, por lo que no cuenta con ninguna experiencia después de haber sido colegiado como abogado y estaba apto para ejercer la profesión recién en octubre del 2012 y desde esa fecha adquiere la experiencia  como profesional.
Por lo tanto no cuenta con ninguna experiencia en el sector público. A l contrario  con documentación ilegal se ha irrogado experiencia que no la tiene, ya que al revisar su curriculum, se deduce que ha asumido un cargo a sabiendas que no cuenta con ninguna experiencia válida  en el sector público, por lo que es pasible de la denuncia del presunto delito de aceptación de cargo público, cuando no reúne los requisitos para ocuparlo.
También ha sido comprendido en la denuncia el Consejero Delegado Anselmo Ventocilla Villarreal, por no haber reparado en este profesional, que no cuenta con los requisitos legales exigidos.            

miércoles, 17 de abril de 2013

JEFE DE DEFENSA CIVIL NO ERA JEFE, SINO ESPECIALISTA


NO TENÍA CATEGORÍA DE JEFE, SINO DE ESPECIALISTA


El círculo se viene cerrando de a pocos. El supuesto Jefe de la Oficina Regional de Defensa Civil del Gobierno Regional  Lima, César Augusto García Solano que dió la conformidad al supuesto trabajo en los ríos de Cañete ejecutados por Jorge Brignole, resultó que no era tal. Es decir no era Jefe de la Oficina Regional de Defensa Civil, como figura en el sello colocado en  el Acta de Conformidad de Servicio prestado por Jorge Brignole, sino que era Especialista en Defensa Civil.
Según Carta Nº 74-2013-GRL/RIP,  firmado por la Responsable de otorgar la Información del Gobierno Regional Lima, Dra. Jéssica Lengua, se hace conocer que en el Manual de Organización y Funciones (MOF) del Gobierno Regional Lima, el cargo de Jefe de la Oficina Regional de Defensa Civil del Gobierno Regional Lima, NO EXISTE.

EN EL MOF DEL GORELI NO EXISTE EL CARGO DE JEFE DE OFICINA REGIONAL DE DEFENSA CIVIL


Entonces, como el funcionario César Augusto García Solano utiliza un sello con ese cargo, en una irregularidad que linda con la corrupción. 
Cuando le solicitamos al GORELI, los documentos sustentatorios de los supuestos trabajos realizados por Jorge Brignole en los ríos de Cañete y que conllevó a que le pagaran S/4,500.00 nuevos soles en siete días, en primera instancia no nos entregaron ningún documento.
Al reiterarle nuestra petición, tardaron  12 días hábiles para entregarnos un acta de conformidad de esos trabajos, firmados por el supuesto Jefe de la Oficina Regional de Defensa Civil, que ahora resulta que no era Jefe, sino solamente un especialista y que no tendría título de Ingeniero como exigen las normas del GORELI, pues en su sello solamente figura como SEÑOR.
La cosa se complica ya no solamente para Jorge Brignole, sino para los funcionarios del Gobierno Regional Lima, especialmente para el Especialista en Defensa Civil.

UTILIZA SELLO DE JEFE Y NO LO ES. ADEMÁS NO TENDRÍA TÍTULO

martes, 16 de abril de 2013

EL DÍA MÁS IMPORTANTE PARA HUACHO, PASÓ DESAPERCIBIDO


El 16 de abril, debe considerarse como el día más importante para los huachanos.
Hace 185 años, un 16 de abril, el Presidente de la República, José de La Mar, rubricó la Ley con la que se le otorgaba a la ciudad de Huacho, el honorífico título de "FIDELÍSIMA VILLA DE HUACHO", en homenaje al gran apoyo y sacrificio que brindaron los huachanos a la gesta libertaria.
Sin embargo a nuestras autoridades, poco o nada les interesa tan magna fecha. Hace dos años mediante documento se le hizo saber al Presidente del Gobierno Regional Lima, Javier Alvarado, sobre esta fecha, pero no imaginábamos que este personaje venía con una antihuachanísima postura y desechó olímpicamente la propuesta hecha a su persona para que reconozca esta trascendental fecha.  

DOCUMENTO ENVIADO AL ANTI HUACHANO JAVIER ALVARADO

Similar documento se envió al año siguiente a la Municipalidad Provincial de Huaura, pero no ha habido respuesta y la fecha pasa inexplicablemente desapercibida, siendo tan magna e importante que debería de llenar de orgullo a los huachanos y a los que han hecho esta tierra, la suya.

DOCUMENTO ENVIADO AL ALCALDE PROVINCIAL EN EL 2012


jueves, 11 de abril de 2013

JAVIER ALVARADO ESTARÍA APLICANDO EL MANUAL DEL EX ALCALDE JAIME URIBE OCHOA QUE SE RESISTÍA A SER VACADO


Y ya contaría con el asesor legal de ex Alcalde huaralino

JAIME URIBE IMPUSO EL MANUAL "COMO HACER LARGA UNA SENTENCIA"

foto: huaral.pe

La ex Regidora huaralina Ana Kobashi tuvo que esperar un tiempo indeterminado para que finalmente su difamador fuera sentenciado.
Jaime  Uribe Ochoa fue Alcalde reelecto de la provincia de Huaral. Fue  sentenciado  por Difamación,  en primera instancia, el 30 de marzo del 2010 y en segunda y definitiva, el 26 de julio del mismo año.
Uribe Ochoa recurrió a todos los recursos extras para el juicio hasta más no poder. Hasta que ya por agotamiento, finalmente fue sentenciado, luego suspendido y finalmente vacado.
Jaime   Uribe Ochoa no quería dejar el poder y por eso acudió en casación a la Corte Suprema de Justicia.
También, siguiendo el ejemplo de Genaro Delgado Parker, que se resistía a dejar Panamericana Televisión,  Jaime Uribe Ochoa se fue hasta la Corte Superior del Callao, solicitando una medida cautelar contra una sentencia dada por el Poder Judicial.
Cosa similar a lo que hizo la cuestionada Consejera Regional de Cañete, Liliana Torres, que se fue hasta Chincha por un Habeas Corpus.
El  02 de agosto de 2010, el ciudadano Juan Avalos García presenta una solicitud de suspensión contra Jaime Cirilo Uribe Ochoa, alcalde de la Municipalidad  Provincial de Huaral, por haber incurrido en la causal establecida en el artículo 25, numeral 5, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
En sesión del Concejo Provincial de Huaral, de fecha 05 de octubre de3l 2010, se aprueba,  mediante el Acuerdo de Concejo N° 054-2010-MPH-CM, la solicitud de suspensión del Alcalde provincial, Jaime Uribe Ochoa.
Jaime Cirilo Uribe Ochoa, viendo que sus años de gloria se le acababan, interpone el 15 de Octubre del 2010, un Recurso de Reconsideración, el cual es  desestimado mediante el Acuerdo de Concejo N° 062-2010-MPH-CM  de fecha 25 de noviembre de 2010.
El  10 de diciembre de 2010, Jaime Uribe Ochoa,  presenta otro Recurso de Reconsideración contra el Acuerdo de Concejo N° 062-2010-MPH-CM, el cual es declarado fundado mediante el Acuerdo de Concejo N° 013-2011-MPH-CM  de fecha 25 de enero de 2011, y se dispone  que se convoque a sesión extraordinaria, a efectos de tratar el tema de fondo.
Los días y los meses transcurrían y Jaime Uribe Ochoa se aferraba al cargo, utilizando todos los recursos a su alcance con el fin de dilatar su permanencia en el cargo.
Es así que el 2 de febrero de 2011 aparece el ciudadano, Juan Homero Ávalos García presentando  su desistimiento  a la solicitud de suspensión contra Jaime Cirilo Uribe Ochoa en el cargo de alcalde del Concejo Provincial de Huaral.
Juan Homero Ávalos García, había sido sentenciado por difamar al Gerente Municipal,  Juan Valencia Rincón,  a tres años de pena privativa y a la reparación civil de S/30,000.00 nuevos soles.
El 9 de febrero de 2011,  Euclides Gonzales Villavicencio se adhirió a la solicitud de Ávalos García, lo cual fue desestimado mediante el Acuerdo de Concejo N° 014-2011-MPH-CM, de fecha 10 de febrero de 2011.
El Acuerdo de Concejo N° 015-2011-MPH-CM de fecha 10 de febrero de 2011, declaró el desistimiento y la conclusión del procedimiento de suspensión contra el alcalde mencionado.     
Dos meses después, es decir el 15 de febrero de 2011, Euclides Gonzales Villavicencio reaparece interponiendo  un Recurso de Apelación contra el Acuerdo de Concejo N° 015-2011-MPH-CM, señalando que no se debió dar por concluido el procedimiento de suspensión, debido a que en este tipo de procedimientos existe un interés general y, por ende, el desistimiento solo surte efectos respecto del solicitante.
A su vez,  Gonzales Villavicencio sostiene que en el procedimiento de suspensión se interpuso indebidamente un segundo Recurso de Reconsideración contra el Acuerdo de Concejo N° 062-2010-MPH-CM, el cual fue resuelto por el Concejo Provincial.

URIBE OCHOA RECURRIÓ AL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y NO,  A LA APELACIÓN

Señala el Jurado Nacional de Elecciones que Jaime Uribe Ochoa, el alcalde huaralino, con fecha 10 de diciembre del 2010, interpuso Recurso de Reconsideración y no una apelación contra el Acuerdo de Concejo N° 062-2010-MPH-CM. La apelación se da dentro del plazo de los 10 días hábiles que utilizó Jaime Uribe Ochoa.
La apelación debió ser elevada al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo de cinco días hábiles. Pero lo que quería Jaime Uribe, era alargar como sea su suspensión, buscando que la fecha de su sentencia prescriba y no logren suspenderlo, ni menos vacarlo.
Al haber obtenido competencia el Jurado Nacional de Elecciones desde el 17 de diciembre de 2010, era la única autoridad competente para pronunciarse sobre el desistimiento presentado por Juan Homero Ávalos García.
Por tal razón el Jurado Nacional de Elecciones  revocó el Acuerdo de Concejo N° 015-2011-MPH-CM, que aceptó el desistimiento mencionado.

JAIME CIRILO URIBE OCHOA LA HIZO LINDA… Y SE QUEDÓ

La consigna era alargar al máximo el trámite administrativo, para que la sentencia siguiera corriendo y no pudieran suspenderlo. Y lo logró, en parte.
Primero se fue en casación a la Suprema, a sabiendas que esa instancia del Poder Judicial, demora meses y hasta años en pronunciarse. Allí ganó todo el tiempo que necesitaba.
Los artículos 35 y 142 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que  el plazo que transcurra desde el inicio de un procedimiento administrativo de evaluación previa hasta que sea dictada la resolución respectiva, no puede exceder de treinta (30) días hábiles.
Sin embargo de  la revisión de los actuados, se advierte que la solicitud de suspensión presentada por Juan Homero Ávalos García, de fecha 2 de agosto de 2010, fue absuelta el 4 de octubre de 2010, mediante el Acuerdo de Concejo N° 054-2010-MPH-CM, por lo que se excedió el plazo de treinta (30) días hábiles que establece la ley para la resolución de la solicitud desde su presentación.
¿Quién alargó los plazos para convocar a la sesión expresa de Concejo Municipal?
¿Quién es el que convoca a las sesiones?
El Alcalde Provincial.
Jaime Uribe Ochoa se pasó por encimade la Ley de Procedimientos Administrativos, para alargar la sesión, con el único fin de favorecerse.


JAIME URIBE CONTÓ CON UN ABOGADO MUY ESPECIAL

De acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el recurso de apelación se interpone ante el Concejo Municipal dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la notificación del Acuerdo de Concejo que aprueba o rechaza la suspensión, o resuelve su reconsideración; el cual debe elevarse al Jurado Nacional de Elecciones en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles. 
Sin embargo Jaime Uribe no hizo el Recurso de Apelación que le correspondía y se fue por la tangente, utilizando un Recurso de Reconsideración, que no contemplan las normas y esto lo saben los hombres de leyes.
Uribe debió apelar y su documento ser elevado de inmediato al JNE. Pero no lo hizo adrede. El quería ganar tiempo, así sea pasándose por encima de las normas expresas.
El incumplimiento de los plazos procedimentales y el trámite de los recursos al margen del procedimiento legalmente establecido conllevan a  indicios de infracción penal,  que debieron ser evaluados por el Ministerio Público, pero este Ministerio Público de Huaura, nunca actúa.
El Jurado Nacional de Elecciones determinó  remitir copia de los actuados al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Huaura, a efectos de que derive los mismos al fiscal penal de turno que corresponda para que se pronuncie de acuerdo con sus atribuciones, conforme lo señalado en el numeral 4 del presente pronunciamiento, y con conocimiento del Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Jurado Nacional de Elecciones.
Es decir el JNE, puso en manos de Salazar Huapaya, el amigo de Jaime Uribe Ochoa, la denuncia  para que lo investigue y sancione como debe ser por haberse pasado por encima de las normas vigentes.
Hasta ahora el Ministerio Público de Huaura, debe estar estudiando el aso o la denuncia del JNE debe estar totalmente archivada.

EL EX ABOGADO DE JAIME URIBE, YA ESTARÍA DE ASESOR DE JAVIER ALVARADO
Javier Alvarado sabe que de la denuncia del caso de Lunahuana no se va a librar y viene utilizando la misma estrategia utilizada por ex el Alcalde huaralino Jaime Uribe Ochoa e incluso ya contaría con los servicios del ex Alcalde Jaime Uribe Ochoa, con el fin de alargar hasta el final de su período de Presidente del Gobierno Regional de Lima.
 
EL MANUAL URIBE ESTARÍA SIENDO APLICADO AHORA POR UN BUEN ALUMNO: JAVIER ALVARADO

Javier Alvarado ha negado en todos los idiomas, incluído el chino mandarín,  que no tiene juicio alguno. Y se ha valido de todo para alargar durante 12 años este proceso judicial.
En este mes de abril que empezaba la audiencia única el primer día no fue la Fiscal, ni fue él. Luego no fue el abogado y la cosa sigue alargándose
Ahora los abogados de los acuisados han logrado convencer al Juez para que les de cinco días más, regresando el expediente al Ministerio Público de Huaura.
Javier Alvarado, que por sus propias palabras ha dicho que “se robaba el carro de su padre”, tiene mucho poder y eso lo saben bien los cañetanos, especialmente los magistrados de ese distrito judicial.